Cierran cooperativa de ahorro Aprocredi en Cajamarca por dejar de operar sin aviso

La entidad cerró su única oficina principal por más de 15 días sin notificar al regulador. Administradores temporales asumen el control para el proceso de liquidación.

Cooperativa de Ahorro y Crédito Aprocredi Limitada, ubicada en San Ignacio, Cajamarca. Foto: Google Maps
Cooperativa de Ahorro y Crédito Aprocredi Limitada, ubicada en San Ignacio, Cajamarca. Foto: Google Maps

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aprocredi Limitada, ubicada en San Ignacio, Cajamarca, tras constatar que incurrió en la causal de inactividad establecida por la Ley COOPAC.

El regulador comprobó que su local principal, en la avenida Mariano Melgar N° 407, permaneció cerrado del 3 al 20 de julio de 2025 sin autorización ni aviso previo.

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El cierre continuado por más de 15 días calendario vulnera el subnumeral 7 del artículo 8.1 del Reglamento de Registro Nacional de COOPAC. Esta norma señala que, ante inactividad comprobada, la SBS debe excluir a la entidad del registro y disponer su disolución.

Aprocredi, inscrita en 2019 con el número 0029-2019-REG.COOPAC-SBS, operaba bajo el Nivel Modular 1 debido a su tamaño de activos —menor a 600 UIT— y solo contaba con una oficina. En abril de 2024, ya había reportado a la SBS la existencia de esa única sede.

Con la resolución N° 02842-2025, la SBS no solo oficializó la disolución, sino que designó a Alayn Frank Valer Ttito como administrador temporal principal y a Raúl Rolando Soto Salas como alterno. Ellos asumen la representación legal de la cooperativa para ejecutar el inventario de bienes, valorización de activos, registro de acreedores y recuperación de créditos.

Desde la publicación de la medida, Aprocredi queda impedida de iniciar o enfrentar procesos judiciales y de constituir gravámenes, realizar pagos o contraer nuevas obligaciones. Sus deudas solo devengarán intereses legales, y la entidad dejará de ser sujeto de crédito.

Aunque la disolución no extingue de inmediato la existencia legal de la cooperativa, esta subsistirá únicamente hasta la conclusión del proceso de liquidación o quiebra, momento en que se inscribirá su extinción en Registros Públicos.

La intervención de la SBS forma parte de su rol de supervisión sobre las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público, función que ejerce desde la entrada en vigencia de la Ley COOPAC en 2019.

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