Chancay: Comisión de Economía aprobó la creación de Zona Económica con 0% de Impuesto a la Renta
En el Congreso avanza el dictamen que busca crear la Zona Económica Especial de Chancay con una serie de beneficios tributarios. Propuesta podría afectar la recaudación fiscal.
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Luego de más de un mes de ser aprobada la ley marco para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP), la Comisión de Economía del Congreso dio luz verde al dictamen que propone la creación de la ZEEP de Chancay, la cual estará exonerada del Impuesto a la Renta (IR) por siete años. Como se recuerda, dicha propuesta no había alcanzado la votación suficiente para ser incorporada como disposición complementaria en la norma general.
No obstante, ahora acaba de dar sus primeros pasos rumbo al Pleno. En total, fueron 14 votos a favor, cinco en contra y una abstención los que validaron esta decisión del grupo de trabajo que preside Ilich López, pese a que diversos ministerios han hecho saber sus observaciones al proyecto de ley del congresista Roberto Sánchez.
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Como se recuerda, desde la gestión de José Arista en el Ministerio de Economía, se manifestó una abierta oposición a la medida, ya que podría afectarla recaudación fiscal. Si bien, el ingreso de Salardi varió esta postura, habría que esperar el planteamiento del nuevo ministro, Raúl Pérez-Reyes, al respecto. Mientras tanto, la ley marco de ZEEP aún no se promulga.
Ya había advertido el impacto que podría tener esta norma el propio Consejo Fiscal. En su segundo comunicado del año, señalaron que se podría abrir un espacio para nuevas prácticas elusivas, generar pérdidas de recaudación permanente, distorsiones, inequidades tributarias y problemas para la administración a cargo, en un contexto de debilitadas cuentas fiscales.
ZEE de Chancay: ¿cuáles son los beneficios tributarios?
El proyecto de ley de Roberto Sánchez tiene por finalidad fomentar las inversiones para el desarrollo de actividades industriales, comerciales y de servicios. Para ello, se establecen una serie de mecanismos de tratamiento especial aduanero e incentivos tributarios que permitirían mejorar la oferta exportadora de productos y la generación de mano de obra directa e indirecta.
Según el artículo 7 del dictamen, se aplicará una exoneración total del IR durante los primeros siete años de vigencia. A partir del octavo año, los desarrollos y los usuarios tendrán que pagar el 15% en el régimen general y bajo el régimen MYPE tributario, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo 1269.
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En lo que respecta al Régimen MYPE Tributario, las rentas anuales de hasta 15 UIT estarán sujetas a una tasa del 5%, mientras que aquellas que excedan dicha cantidad tributarán al 15%. En cuanto a los pagos a cuenta, se establecerá una tasa del 0,5% para ingresos netos anuales de hasta 300 UIT, y del 1% para ingresos que superen esta cifra.
"La relación de actividades permitidas y la relación de mercancías permitidas serán elaboradas por PRODUCE en coordinación con MINCETUR, las mismas que se aprueban mediante el decreto supremo refrendado por ambos sectores", se lee en el artículo 6 del dictamen de la Comisión de Economía.
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Chancay: estas son las actividades exoneradas
Otro aspecto importante de la propuesta legislativa es que el traslado de mercancías entre las unidades de la ZEE Chancay hacia otras zonas económicas especiales como Ilo, Paita, Matarani, Tumbes, Loreto, Puno, Tacna, Cajamarca y Chimbote, "se realizará bajo autorización y vigilancia de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), sin requerir su nacionalización".
De igual forma, el artículo 23 precisa que el área delimitada y cercada para la ZEE Chancay, tendrá que ser utilizada exclusivamente para fines industriales, comerciales y de servicios. Queda prohibido el comercio de bienes al por menor, a excepción de la provisión de servicios realizados entre usuarios o entre éstos lo desarrolladores.
Respecto a los comerciantes que realicen sus actividades con un mínimo de cinco trabajadores dedicados a tiempo completo en las actividades permitidas dentro de la ZEE, podrán contratar personal extranjero en una proporción de hasta el 20% del total de los empleados. Además, están vetadas las actividades laborales informales y la tercerización de la totalidad de emprendimientos.
Finamente, el dictamen lista una serie de actividades que no se encuentran grabadas con tributos y derechos arancelarios. Estas son:
- La importación de equipos, maquinarias, mobiliario, materia prima y todo tipo de mercancías propias de las actividades de los usuarios instalados dentro de la ZEECHANCAY
- La importación de materiales de construcción y todo tipo bienes o equipos necesarios para el cumplimiento del objeto social de los desarrolladores de las unidades de gestión de ZEE
- El traslado de mercancías entre las unidades de gestión de ZEECHANCAY, y el traslado de mercancías desde la ZEECHANCAY hacía los centros con regímenes de zonas económicas especiales y viceversa, como: Zonas Especiales de Desarrollo - ZED de llo, Paita, Matarani, Tumbes y Loreto, la Zona Económica Especial de Puno (ZEEDEPUNO), la Zona Franca de Tacna (ZOFRATACNA), Zona Franca en la Región Cajamarca (ZOFRACAJAMARCA) y Zona Franca de Chimbote (ZOFRACHIMBOTE) y otras que estén por crearse

























