Congreso propone el acceso universal a una pensión digna mediante un financiamiento mixto
Iniciativa de la exministra de Trabajo y actual congresista, Betssy Chávez, busca que todos los ciudadanos puedan tener una cuenta de ahorro previsional desde el nacimiento y que inicie con un capital semilla otorgado por el Estado.
La congresista y exministra de Trabajo, Betssy Chávez, miembro del grupo parlamentario Perú Democrático, presentó el proyecto de ley que tiene por objetivo establecer un marco normativo del aseguramiento universal de pensiones a fin de garantizar el derecho al acceso progresivo y universal de una pensión digna para todos los ciudadanos.
Se precisa que su implementación sería a través de la Cuenta de Ahorro Previsional (CAP) que se crea a cada ciudadano al nacer y que contaría con un financiamiento mixto, un porcentaje provendría del Impuesto General a las Ventas (IGV). Por su parte, el Estado deberá destinar un capital semilla a cada cuenta para generar rentabilidad con el tiempo.
La propuesta sería aplicable a todas las entidades públicas, privadas o mixtas y a todos los ciudadanos peruanos residentes en el país para, que al cumplir los 65 años, dispongan del derecho a una pensión digna.
El proyecto de ley fue presentado el último jueves 21 de julio y podrá ser debatido en la siguiente legislatura que inicia en agosto.
Su implementación sería acorde a los aportes acumulados en la cuenta provisional y al tipo de régimen pensionario que se elija: contributivo, no contributivo y voluntario. Además, se debe crear el Fondo de Ahorro Previsional que recaudará el 2% del IGV de las compras por consumo de bienes o servicios a favor de las cuenta previsionales.
Dentro de la exposición de motivos, se señala que el Tribunal Constitucional ha expresado que la seguridad social y el derecho a la pensión son elementos esenciales que configuran el mínimo existencial necesario para garantizar una vida digna.
Por otro lado, se alude a los sistemas utilizados en otros países como México, donde existe un aporte tripartito conformado por un porcentaje del salario que otorga el empleador, el Estado y el trabajador.
De aprobarse la propuesta, el Poder Ejecutivo se encargará de la reglamentación de la ley en un plazo de 90 días calendario contado a partir de la publicación oficial.