Economía

Agregan condiciones para acceder a beneficios tributarios

Ajustes. También se dispone expresamente que no se podrá deducir impuesto a la renta por pago de sobornos.

Condición. Deberán emitir comprobantes electrónicos. Foto: difusión
Condición. Deberán emitir comprobantes electrónicos. Foto: difusión

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo 1521 para actualizar y hacer más estrictas las reglas a las que deben sujetarse para la evaluación y aprobación de las exoneraciones, incentivos y beneficios tributarios.

Así, se modificó la Norma VII del Título Preliminar del Código Tributario, considerando las recomendaciones de varios organismos internacionales como la OCDE, la ONU y la OEA, y se añadió siete condiciones.

TE RECOMENDAMOS

¿KEIKO LE QUITARÁ LA PRESIDENCIA A SÁNCHEZ? ZUNINI EN VIVO | QUE NO SE TE OLVIDE CON CARLOS CORNEJO

Entre ellas, se establece que no deberá concederse exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios sobre impuestos selectivos al consumo ni sobre bienes o servicios que dañen la salud o el medioambiente.

Solo podrán ser beneficiarios aquellos sujetos que emitan comprobantes de pago electrónicos por la prestación de servicios, en tanto estén obligados, de acuerdo con las normas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Además, la dación de normas legales que contengan exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios se sustentarán en una exposición de motivos con el objetivo, alcances de la propuesta, efecto y análisis cuantitativo del costo fiscal estimado de la medida. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señaló que, si bien las exoneraciones, incentivos y beneficios tributarios constituyen instrumentos de la política económica, implican una menor recaudación tributaria, reduciendo los escasos recursos con los que cuenta el país para invertir en la población, y deben ser usados en los casos que realmente sean requeridos.

Por otro lado, también se aprobó el Decreto Legislativo 1522 que señala expresamente que los pagos por cohecho (sobornos) en sus distintas modalidades no son deducibles como costo ni como gasto para determinar el impuesto a la renta.

google iconPrefiero a La República en Google
Lo más visto
Lo último
Importación de trigo superó los US$ 573 millones por alza global

Importación de trigo superó los US$ 573 millones por alza global

LEER MÁS
Contraloría alerta déficit presupuestal y demora en obra educativa de S/54 millones en Madre de Dios

Contraloría alerta déficit presupuestal y demora en obra educativa de S/54 millones en Madre de Dios

LEER MÁS
La fibra óptica ya domina el 82% del mercado de internet fijo: ¿qué empresas están ganando más clientes en Perú?

La fibra óptica ya domina el 82% del mercado de internet fijo: ¿qué empresas están ganando más clientes en Perú?

LEER MÁS
MEF pone la lupa sobre la concentración bancaria

MEF pone la lupa sobre la concentración bancaria

LEER MÁS
Gratificación para trabajadores CAS: MEF confirma pago en julio ¿cuánto recibirían y en qué fecha se entregaría el beneficio?

Gratificación para trabajadores CAS: MEF confirma pago en julio ¿cuánto recibirían y en qué fecha se entregaría el beneficio?

LEER MÁS
MTC: Línea 1 del Metro de Lima y Callao movilizará hasta 1.2 millones de pasajeros al día: ¿qué incluye la inversión de US$3.887 millones?

MTC: Línea 1 del Metro de Lima y Callao movilizará hasta 1.2 millones de pasajeros al día: ¿qué incluye la inversión de US$3.887 millones?

LEER MÁS

Recetas

Ofertas

Últimas noticias

Economía

Estados Unidos

Política