Oficializan ley que concede licencia laboral a trabajadores por el día que reciban la vacuna
La licencia por vacunación es otorgada hasta por cuatro horas en el día programado para la inmunización, con goce de haber.
- Buenas noticias para pensionistas: ONP pagará aumento de S/30 en febrero y beneficiará a mayores de 65 años
- ONP aclara que jubilados del régimen 20530 recibirán recién en febrero el reajuste de la pensión de enero

El Congreso de la República promulgó este sábado 7 de agosto la ley que permite a los trabajadores del sector público y privado una licencia de cuatro horas por el día en el que se ha programado su vacunación contra la COVID-19.
De acuerdo a la norma, la licencia será comunicada al empleador y tramitada por el área de Recursos Humanos del centro laboral, o el que haga sus veces, por lo menos con 48 horas de anticipación.
TE RECOMENDAMOS
¿CEO EXITOSOS CON RASGOS PS1C0P4T1C0S? LIDERAZGO CORPORATIVO EN RIESGO | #ECONOW CON EDUARDO RECOBA
PUEDES VER: Revisa los candidatos y sus planes de gobierno

De existir una situación excepcional por la cual el centro de vacunación no se encuentre operando el día de la licencia, se podrá volver a solicitar esta conforme a lo establecido en el párrafo anterior.
Asimismo, señala que el Poder Ejecutivo reglamenta la ley en un plazo no mayor de 30 días hábiles desde su entrada en vigencia, que rige desde este domingo.





















