Indecopi confirma multa a 21 grifos de Chimbote por concertar precios del combustible
Sanción asciende a más de 7 millones 800 mil soles. Los hechos que atentan contra la competencia se suscitaron entre el 2012 y 2014.
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La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi confirmó, en segunda y última instancia administrativa, la sanción impuesta a 21 grifos de Chimbote por haber concertado el precio de venta del diésel y de los gasoholes de 84, 90 y 95 octanos, durante los años 2012, 2013 y 2014.
En primera instancia, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia sancionó a estas empresas por haber participado en un cártel para fijar el precio de venta de los combustibles, violando el artículo 11 de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (Ley de Libre Competencia - Decreto Legislativo 1034).
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La Secretaría Técnica halló indicios de las prácticas anticompetitivas e inició la investigación contra las empresas en el 2014. Luego de seis años, la Sala Especializada confirmó la responsabilidad de todas estas empresas, imponiéndoles multas por un total de 1.881,70 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a 7 millones 809 mil 057 soles, según el siguiente detalle:

Fuente: Indecopi
Asimismo, a los representantes de las estaciones de servicio que participaron en la conducta anticompetitiva se les impuso multas por un total de 45,4 UIT, equivalente a 188.410 soles, según se detalla a continuación:

Indecopi también multó a las personas naturales implicadas en la concertación de combustibles en CHIMBOTE. Fuente: Indecopi
Al igual que en casos anteriores, la SDC confirmó que las empresas infractoras deberán implementar un ‘Programa de Cumplimiento’ en materia de libre competencia, por un período de tres años. De esta manera, se busca contrarrestar aquellas condiciones que puedan promover o permitir que se generen nuevas conductas anticompetitivas y reducir el riesgo de futuras contravenciones a las normas que tutelan la libre competencia.





















