Sunafil: ¿Bajo qué criterios cerrará una empresa que no brinde seguridad a sus trabajadores?
Tras la muerte de dos jóvenes en McDonald´s, el Ministerio de Trabajo implementó una norma para reducir muertes laborales en el país.
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Tras emitir un decreto supremo que faculta a la Sunafil a cerrar locales cuando éstas incumplan la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó hoy los criterios técnicos que definirán por cuánto tiempo se podría suspender las actividades comerciales en una empresa.
Lo anterior - cabe recordar - se aprobó con el objetivo de reducir el número de muertes y accidentes laborales tras el fallecimiento de dos jóvenes en un local de McDonald´s, en diciembre pasado.
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Sobre los criterios
La resolución publicada este lunes permitirá a los fiscalizadores de la Sunafil, desde mañana, definir en qué supuestos se podrá proceder al cierre de un local o una empresa. A continuación, los criterios:
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1. Para determinar la gravedad y nivel del riesgo, el inspector del trabajo deberá contar con fotografías o cualquier método probatorio que permitan la constatación del peligro.
2. Se realizará la evaluación del nivel de riesgo para cada peligro identificado, para verificar si uno o más riesgos pueden calificarse como graves.
3. Es importante señalar que en el índice de trabajadores expuestos se incluirá a personas que, no teniendo vínculo laboral se encuentren expuestos a peligros identificados.
4. Al respecto se calificará como nivel Intolerante -y en consecuencia el cierre temporal - cuando se haya producido un accidente mortal cuando existan evidencias razonables y documentadas de que la inobservancia de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo pudieron ocasionar dicho accidente.
5. Asimismo, se considerará si existe contaminación laboral o no existen condiciones de salud y seguridad en el trabajo. O se evidencia que no se cuenta con equipos de protección personal según el tipo de trabajo y riesgo identificado.
Según establece la norma, el cierre será de hasta 30 días hábiles, pero se podrán reducir al 50% en el caso de las Mypes que estén inscritas en el Registro Nacional de la Micro y pequeña empresa. O también, cuando:

Criterios para reducir tiempo de cierre temporal en tu empresa
Lee la norma completa aquí:





















