
El Concejo Metropolitano de Lima aprobó la Ordenanza N.° 2817, que declara en situación de emergencia el tránsito en las vías del Sistema Vial Metropolitano por un periodo de 180 días calendario. La medida busca ejecutar acciones inmediatas de control, fiscalización e intervención vial con el objetivo de recuperar la operatividad de la red de transporte en la capital.
La ordenanza encarga a entidades como la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos (EMAPE), la Gerencia de Movilidad Urbana, el Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET) y el Gobierno Regional Metropolitano coordinar acciones con la Policía Nacional del Perú y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). Estas acciones buscan garantizar la implementación de las medidas y mejorar la circulación vehicular en las principales vías de la ciudad.
La norma no detalla avenidas específicas, sino que comprende todas las vías incluidas en la Ordenanza N.° 341 y sus modificatorias, así como en la Ordenanza N.° 2590. Esto abarca la red completa del sistema vial metropolitano, que incluye vías expresas, arteriales, colectoras y locales; es decir, las principales avenidas y calles de Lima Metropolitana.
Entre ellas se encuentran:
Vías expresas: Circuito de Playas Costa Verde, Vía de Evitamiento (Panamericana Norte y Sur), Paseo de la República, Naranjal, Javier Prado, Ramiro Prialé, Separadora Industrial, Alfonso Ugarte, Néstor Gambetta, entre otras.
Vías arteriales: Angamos, Antigua Panamericana Norte y Sur, Argentina, Nicolás Arriola, Arica, Aviación, Brasil, Ejército, Caquetá, Carretera Central, Izaguirre, La Molina, La Paz, Primavera, Salaverry, Túpac Amaru, Universitaria, Tomás Valle, entre otras.
Vías colectoras: 28 de Julio, 200 Millas, Abancay, Antigua Panamericana Sur, Antúnez de Mayolo, Arenales, Arequipa, Camino Real, Comandante Espinar, El Polo, Insurgentes, La Mar, Los Próceres, Domingo Orué, Pacasmayo, San Borja, Petit Thouars, Zorritos, entre otras.
Para consultar la lista completa de vías del Sistema Vial Metropolitano de Lima revisa el siguiente ENLACE.
La norma también faculta a la Gerencia de Movilidad Urbana a implementar acciones complementarias como la fiscalización electrónica, mejoras en la semaforización y programas de educación vial. Estas intervenciones buscan reforzar el control del tránsito durante el periodo de emergencia y reducir la congestión vehicular en puntos críticos de la ciudad.
La ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y tendrá una duración inicial de seis meses. Sin embargo, la norma autoriza al alcalde metropolitano a ampliar el plazo mediante decreto de alcaldía, siempre que exista sustento técnico de las áreas competentes.





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