
Un joven peruano, identificado como Rodrigo Portillo, denunció que fue suplantado por delincuentes que utilizaron su identidad para estafar con la venta de celulares de alta gama. Los estafadores accedieron a fotografías de su DNI y de su fotocheck, las cuales emplearon para cometer el delito. La víctima explicó que, el año pasado, durante una transmisión en vivo en TikTok donde promocionaba sus dispositivos móviles, un sujeto se hizo pasar por cliente para contactarlo. “Me pasó un DNI de una persona de Puno y me pidió dos iPhone 16 Pro Max”, declaró a Panamericana.
De manera sospechosa, el sujeto le pidió a Rodrigo que también le enviara sus documentos de identidad, con el argumento de generar mayor confianza en la transacción. Portillo accedió, ya que no quería perder una venta. Después de enviar la información solicitada, el supuesto cliente dejó de responder, lo bloqueó de WhatsApp y utilizó sus datos para suplantarlo. Con esa información, creó cuentas falsas de la tienda para captar a otros clientes incautos. Para ello, empleó las imágenes del DNI y el fotocheck que el vendedor le había enviado, con el fin de generar confianza en quienes estaban interesados en comprar y así lograr que le transfirieran dinero.
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“Hay clientes que vinieron a la tienda física y me dijeron: ‘Hemos conversado contigo, con Rodrigo Portillo’. Yo respondí: ‘Qué raro, si mi número personal es otro’”, relató. Fue entonces cuando le mostraron los chats de WhatsApp y descubrió que otra persona se hacía pasar por él para recibir los pagos y luego entregar supuestamente los equipos.
A raíz de lo ocurrido, Rodrigo Portillo decidió presentar una denuncia ante la Policía, ya que temía verse involucrado en un caso de estafa. Señaló que, en un primer momento, no quisieron aceptar su denuncia porque “no había estafados directos”. Aun así, logró formalizar el reclamo, pero luego de pasar por Fiscalía, este fue archivado por “falta de pruebas”, precisó.
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En el Código Penal peruano, la estafa está regulada en el artículo 196. Esta norma establece que toda persona que, mediante engaños, induzca o mantenga en error a otra con el propósito de obtener un beneficio ilícito será sancionada con una pena privativa de libertad no menor de un año ni mayor de seis.
Por otro lado, el artículo 196-A del Código Penal contempla la figura de la estafa agravada, aplicable en situaciones de mayor gravedad, como cuando la víctima es menor de edad, intervienen varias personas, existen múltiples afectados o el fraude implica bienes de alto valor, como vehículos o inmuebles. En estos casos, la sanción se incrementa: la pena privativa de libertad va de cuatro a ocho años y se suma la imposición de una multa.

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