
Un caso polémico en el ámbito legal peruano implica a un abogado suspendido por el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Ica (CAI). La sanción fue impuesta tras defender a un ciudadano y luego representar a la parte contraria en el mismo proceso judicial. Este acto, considerado una falta ética, reavivó el debate sobre los límites de la conducta profesional en el ejercicio del derecho y las normas que regulan la representación legal en el país.
El abogado había sido contratado inicialmente para un trámite de nulidad de acto jurídico en el Juzgado Civil de Pisco. Sin embargo, tiempo después, asumió la defensa del demandante de su anterior cliente en un caso de alimentos llevado ante el Juzgado de Paz Letrado. Esta acción provocó una denuncia ante el CAI, que concluyó en la suspensión del profesional.
El hecho ocurrió en el departamento de Ica. Foto: Ilustre Colegio de Abogados de Ica.
La sanción impuesta al letrado por el Consejo de Ética del Ilustre Colegio de Abogados de Ica tuvo una duración de seis meses. La decisión se basó en una evaluación minuciosa de los hechos, ocurridos en 2022. En su análisis, el CAI determinó que el abogado violó los principios fundamentales del código de ética profesional al aceptar representar a la parte contraria en un caso relacionado con su anterior cliente.
Según se detalló en el documento, el abogado había recibido documentación, argumentos y medios de defensa de su primer cliente. Aunque el letrado negó haber utilizado dicha información en el nuevo caso, esta justificación no evitó la sanción. Además, su inasistencia a la audiencia programada por el CAI el 4 de febrero de 2023 agravó su situación.
El 22 de julio de 2024, el CAI oficializó la medida disciplinaria, enfatizando que la acción del abogado desprestigió la profesión. En su resolución, el consejo destacó que la conducta del denunciado afectó la probidad e integridad inherentes al ejercicio de la abogacía, lo que constituye una falta grave según el Código de Ética.
El Ilustre Colegio de Abogados de Ica le impuso una suspensión de seis meses al abogao denunciado. Foto: Freepik
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El Código de Ética del Ilustre Colegio de Abogados de Ica establece criterios claros sobre las circunstancias en las que un abogado puede renunciar al patrocinio de un cliente. Entre las razones contempladas, se encuentran discrepancias en la estrategia legal, negligencia o falta de colaboración del cliente, incumplimiento en los pagos y engaños sobre información relevante.
Asimismo, el código permite que el letrado se desvincule del caso si considera que no podrá representarlo adecuadamente. Sin embargo, también reconoce el derecho del abogado a renunciar sin expresar causa alguna, siempre y cuando esta decisión no vulnere los derechos del cliente ni comprometa la ética profesional.
En este caso específico, la renuncia del abogado al patrocinio de su primer cliente no fue cuestionada. No obstante, el problema surgió al asumir la representación de la contraparte, un acto que el CAI consideró contrario a los principios de probidad e integridad que rigen la abogacía. Esta situación pone en relieve la importancia de mantener una conducta profesional que respete los límites éticos establecidos.

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