Tras siete días de espera, la niña de 12 años, que resultó embarazada producto de los abusos sufridos a manos de un octogenario, accedió ayer al aborto terapéutico en el hospital Antonio Lorena, en Cusco, con lo que se evitó complicaciones que podían causarle la muerte.
Sin embargo, al igual que en los tres últimos casos, su agresor, Alipio Cáceres Bustamante, se encuentra libre, pese a que existe una orden de detención preliminar en su contra.
“Está en manos de la Policía realizar las diligencias para su captura, es un tema muy delicado”, comentó a La República el fiscal del distrito de Echarate, Max Carrasco Yarín, quien retornaba de una diligencia por otro caso de violación sexual en la comunidad de Ivochote.
PUEDES VER: 'Marcha del bicentenario por la descentralización': ¿en qué consiste y quiénes participan?
Agresor. Alipio Cáceres Bustamante de 82 años. Foto: difusión
El caso, ocurrido en el distrito de Echarate, La Convención, se ha caracterizado por presentar una serie de irregularidades. Inicialmente, la madre de la menor denunció el abuso en el CEM de Kimbiri y fue llevada al hospital de Quillabamba, donde, según la defensa legal de la niña, debió ser atendida; sin embargo, terminaron trasladándola al Cusco, dilatando así el proceso.
Ya en dicha ciudad, la junta médica no se conformó de manera célere debido a “una confusión”, pues los galenos creyeron que era necesaria una orden del Poder Judicial.
“Seguramente, el director no tiene conocimiento del marco normativo, entonces él pensó que tiene que ser como el caso anterior (otra menor de 10 años, también de Echarate). Cuando los niños no se encuentran en un ámbito de desprotección, ahí no interviene ni el juzgado ni la Unidad de Protección Especial”, explicó a este diario Alberto Arenas, director de Protección Especial del Mimp.
Es decir que, en todo estos días, se estuvo esperando un pedido judicial que nunca iba a llegar. Ante ello, la Defensoría del Pueblo emitió un comunicado exhortando al Minsa que “capacite al personal de salud y administrativo sobre sus obligaciones en la atención de este tipo de casos y los derechos de las víctimas”. Asimismo, recalcaron que estos procesos deben ser “actuaciones céleres, sin dilaciones innecesarias”.