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Sociedad

La expulsión de extranjeros ya existe en el Código Penal

Sin novedad. Abogada Romy Chang señala que art. 30 del Código Penal ya contempla esta medida para después de que el delincuente extranjero cumple su condena en el país. 

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El costo. Falta explicar cómo se llevará a cabo la expulsión de delincuentes extranjeros. ¿De dónde saldrán los recursos?. Foto: difusión

Si bien el Consejo de Ministros aprobó decretos para la expulsión de extranjeros que cometan delitos en el país, estas normas no representarían ningún avance, pues ya existen en el Código Penal.

La penalista Romy Chang señala que significaría un retroceso porque el premier Alberto Otárola habló de delitos graves, como homicidio, sicariato, secuestro, “pero, en el Código Penal, el art. 30 ya señala que cada vez que un extranjero cumple su condena debe ser expulsado y sin posibilidad de retorno”. Y recordó que la expulsión es para cualquier delito.

Entonces, “no es ningún avance ni tampoco un progreso. Al contrario, genera una interrogante, que es: ¿qué tanto el premier conoce las normas del Código Penal?, porque aparentemente no tiene un manejo adecuado ni técnico de las mismas”.

En tanto, el abogado Luis Lamas Puccio refiere que sí es importante lo anunciado porque se está recurriendo al estado de flagrancia con el fin de que el proceso termine rápido y no esperar varios años. “Al haberse creado juzgados de flagrancia, se puede resolver un caso en horas, con lo cual se define la situación jurídica del infractor”.

Explicó que, una vez que los han condenado por haberlos encontrado en estado de flagrancia, los expulsan y cumplen la condena en su país.

Sin embargo, consideró que falta explicar cómo se hará para expulsar a los delincuentes extranjeros, porque ya hemos tenido experiencias de lo costoso y burocrático que significa trasladar a expatriados por vía aérea.

Romy Chang coincide en ello y señala que, por más que se “regule la expulsión y el control de identidad, ¿de dónde va a salir la plata para llevarlos a su país?, ¿quién va a pagar el transporte aéreo o terrestre?, ¿se ha coordinado con otros países para ver si ellos pueden asumir los gastos?, ¿qué pasa si un país no quiere aceptar a su connacional?, ¿qué se hace ahí, se regresan a la frontera?”.

Iniciativas. Premier Otárola anunció aprobación de DL. Foto: difusión

Y con respecto a la ampliación de 4 a 12 horas para el control de identidad de los extranjeros, Chang refirió que no se “entiende qué es lo que se quiere verificar porque, si un extranjero va por la calle y no tiene documentos, simplemente debe ser expulsado porque significa que no ha ingresado de manera legítima. La ley de migraciones ya contempla las salidas para las personas que no cumplen con estas normas”.

Lamas Puccio considera que se requiere criminalizar a todos aquellos nacionales que hacen posible que estas personas ingresen irregularmente al país. Y también firmar tratados en materia de cooperación no solo con Venezuela, sino también con Ecuador, Chile, Bolivia, para evitar que los expatriados vuelvan al territorio nacional.

Chang agrega que se debería estar mirando fórmulas para que el extranjero no tenga que cumplir la pena en el Perú, sino en su país de origen, pues genera un gasto para el Estado.

Plazo de regularización

El 10 de noviembre vence el plazo para que los extranjeros que viven en Perú se acojan al proceso de regularización. Según Migraciones, más de 76.000 ya cuentan con sus expedientes en trámite, pero otros 24.000 no acudieron a su cita. Migraciones los instó a no esperar el último momento para regularizar, pues no habrá prórroga.

Coordinan acciones contra la criminalidad

Los ministros de Justicia, Eduardo Arana Ysa, y del interior, Vicente Romero, se reunieron con el alcalde de San Martín de Porres, Hernán Sifuentes, con el objetivo de coordinar acciones para a fortalecer la lucha contra la criminalidad extranjera en ese distrito.

En la reunión también se abordó el tema de la extorsión de la que habría sido víctima el alcalde desde el interior de un penal, hecho que ya es investigado.

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