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Sociedad

ATU y municipalidades determinarán el número de unidades que prestarán el servicio de transporte público

También tienen como función promover el uso de vehículos no motorizados y fiscalizar el cumplimiento de las medidas sanitarias en los servicios de transporte.

atu transporte urbano
MTC indicó los lineamientos para prevenir contagios durante transporte de pasajeros. (Foto: La República)

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y las municipalidades tendrán la labor de determinar el número de unidades vehiculares que brindarán en el servicio de transporte público, incluyendo los taxis. Esto con el fin de que la demanda de los pasajeros sea cubierta, pero a la vez se cumplan con las medidas sanitarias para evitar los contagios por coronavirus.

De igual modo, el decreto que extiende el estado de emergencia hasta el 30 de junio señala que la ATU y los gobiernos locales también deberán de promover el uso de vehículos no motorizados, como la bicicleta, para que sea una alternativa de movilización.

Asimismo, tendrán la labor de fiscalizar y sancionar el cumplimiento del protocolo establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para prevenir los contagios por coronavirus durante el traslado de pasajeros.

Para los conductores y cobradores será obligatorio desinfectar y limpiar su vehículo antes y después de la jornada laboral. Asimismo, tendrán que usar mascarillas en todos los recorridos que hagan y no deberán tocarse los ojos ni la cara.

Adicionalmente, deberán controlar su temperatura al inicio y al término del día de trabajo, así como lavarse las manos cada vez que se finalicen una ruta.

En el caso de los pasajeros, se les exige pagar el pasaje con el dinero exacto, con el fin de evitar el mínimo contacto con el cobrador o conductor. También deberán viajar con las ventanas abiertas, usar mascarillas y mantener la distancia máxima posible de otros usuarios.

Es necesario mencionar que el nuevo decreto se sigue prohibiendo el transporte interprovincial, así como el servicio por medio aéreo y fluvial, a excepción de los traslados humanitarios.

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