La libertad de prensa y de los periodistas en peligro. En una polémica y contradictoria resolución, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema considera que publicar un mensaje con un enlace en la red social Twitter evidencia una manifestación de voluntad que constituiría un delito continuado de difamación.
Con este argumento, ha concluido que aún sigue vigente una querella presentada por Carlos Gómez de la Torre Pretell, representante del Sodalicio de Vida Cristiana, contra el periodista Daniel Yovera. Aunque la decisión está referida a este caso específico, se crea un funesto precedente para la labor periodística.
El tribunal supremo toma la decisión sin tener en cuenta ni evaluar el contexto de la publicación del mensaje en Twitter. En diciembre del 2018, Yovera no pretendía difundir el documental publicado por la cadena árabe Al Jazeera Peru: TheSodalitium Scandal el 15 de diciembre del 2016.
Justicia. Sala Plena de la Corte Suprema debe corregir decisión. Foto: difusión
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El periodista solo buscó dar contexto, ante la opinión pública, a una respuesta que estaba dando a un pedido del Sodalicio. Ejercer su derecho de defensa ante un reclamo infundado, para la Corte Suprema, se convierte en un acto intencional de seguir cometiendo un delito.
“El delito continuado es una situación excepcional que se aplica cuando es evidente que varios hechos no deben valorarse de manera separada, sino que responden a una misma decisión por parte de la persona que la realiza”, explica el abogado Roberto Pereira.
“Un ejemplo típico —continúa— es la persona que quiere robar 80.000 soles, pero no lo hace de una sola vez, sino que lo hace durante varios días hasta hurtar la totalidad del dinero”.
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“En este caso, no estamos ante un delito continuado porque este requiere cierta cercanía en el tiempo, que los hechos formen parte de una sola decisión”, precisa el abogado.
Además, el mismo tribunal reconoce que las publicaciones en Twitter no son parte de los hechos de la querella y la resolución judicial que la admitió; no obstante, considera que el delito se habría seguido cometiendo hasta el 2016.
Con este argumento revoca una sentencia que había archivado el caso al considerar que ya prescribió. La Corte Suprema dice que, como el delito se siguió cometiendo, recién prescribiría en junio de este 2023. Si bien estamos cerca de ese mes, el antecedente que se genera pone en peligro a cualquier periodista.
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Yovera señaló que en ningún momento buscó alargar los plazos de la denuncia, y consideró la decisión del PJ no se ajusta a la lógica de una denuncia por querella. Foto: composición de Jazmín Ceras/La República
Proceso. La Sala Penal de la Corte Suprema tampoco diferencia la querella, que es un proceso privado entre el demandante y el demandado, de un proceso común, en el que es el Estado el que persigue un delito.
Al infinito. Con el argumento asumido por la Sala Suprema, una querella por un artículo periodístico nunca prescribiría.
En uno de los párrafos del veredicto se reconoce que no hay relación entre los mensajes del 2018 y la demanda del Sodalicio.