Un informe del consejero instructor de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Guillermo Thornberry Villarán, recomienda destituir a la presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios, de su cargo de jueza titular de la Corte Suprema por la presunta contratación irregular de su exesposo Eduardo Laca Rivadeneyra en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) entre 2013 y 2018.
Según el informe al que accedió La República, se le acusa a Barrios Alvarado de haber tenido conocimiento y no haber denunciado que su entonces cónyuge suscribió contratos con el JNE pese a que la Ley de Contrataciones del Estado impide que familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de altos funcionarios contraten con el Estado.
En sus descargos, la titular del Poder Judicial afirmó que no puede “aseverarse objetivamente” que conocía de las contrataciones de su expareja, ya que “no tenía interés en saberlo y tampoco representaba una situación de riesgo, pues en su posición de jueza suprema no podría demandarse el control de los actos de terceros”.
También precisó que se separó en 2015 y que el divorcio se formalizó en 2020. No obstante, se consigna en el documento que la relación laboral de Laca Rivadeneyra con el JNE inició en 2013, cuando Elvia Barrios ya había sido nombrada jueza suprema. Por lo que el impedimento ya existía.
A raíz de este caso, el Tribunal de Contrataciones del Estado emitió 11 sanciones de inhabilitación temporal y cinco sanciones de inhabilitación definitiva a Laca Rivadeneyra.
Por ello, se le imputa a Elvia Barrios de haber incurrido en falta muy grave a la Ley de Carrera Judicial al no cumplir su deber de “guardar en todo momento conducta intachable” y “cumplir con las obligaciones señaladas por ley”. Bajo estos argumentos, el consejero Guillermo Thornberry recomienda la destitución de Elvia Barrios.
Sobre el impedimento previsto en la Ley 30225 de Contrataciones del Estado, el Tribunal Constitucional ha señalado que es violatorio de la libertad de contrataciones y la presunción de inocencia. El TC considera que la norma debe interpretarse al momento de su aplicación de manera de no afectar otros derechos constitucionales.
De acuerdo con el Tribunal Constitucional, en una demanda de Amparo promovida por el hermano de un congresista, la prohibición prevista en la Ley 30225 debe definirse en dos planos. Una prohibición general para todos los familiares del presidente de la República y una prohibición especifica para los familiares de los otros altos funcionarios del Estado, solo en la institución en la que estos forman parte.
Es decir, que la prohibición para que un familiar de un juez de la Corte Suprema contrate con el Estado solo está referida al Poder Judicial y no a otra institución del Estado. Pese a la existencia de este precendete jurídico, el Organismo de Contrataciones del Estado y ahora, la Junta Nacional de Justicia insistirían en una prohibición general, afectando otros derechos.
Recomiendan al JNJ destituir a la jueza suprema Elvia Barrios. Foto: documento
En un oficio remitido a Elvia Barrios, se le informa que el 8 de noviembre a las 9.00 a. m. se llevará a cabo la audiencia en la que el pleno de la Junta Nacional de Justicia evaluará su caso.
También se le comunica que podrá intervenir en la referida sesión a través de videoconferencia hasta por media hora. La audiencia es impostergable.
El consejero Guillermo Thornberry también recomienda la destitución de los jueces supremos Javier Arévalo Vela y Rodolfo Walde Jaúregui por —al igual que Elvia Barrios— presuntamente no haber denunciado que sus familiares directos contrataron con el JNE pese a que la ley lo impide.