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Política

Dina Boluarte: Poder Judicial rechaza anular denuncia constitucional por desactivar el Eficcop

La presidenta Dina Boluarte intentó anular las diligencias que realizó la Fiscalía, que terminó con una denuncia constitucional en el Congreso en su contra, en el marco de las investigaciones por el presunto delito de encubrimiento personal.

Dina Boluarte
Dina Boluarte es investigada por encubrimiento personal. Foto: Composición/LR

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria rechazó el pedido de la presidenta Dina Boluarte para anular las diligencias que realizó la Fiscalía en su contra que culminaron con una denuncia constitucional ante el Congreso por la desactivación del Equipo Especial Policial de Apoyo al Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop). En consecuencia, el Ministerio Público continuará las investigaciones por el presunto delito de encubrimiento personal.

De esta manera, el despacho del juez Juan Carlos Checkley convalidó las pruebas que presentó la Fiscalía ante el Parlamento en noviembre del 2024. La jefa de Estado intentó anular las declaraciones de testigos brindados al Ministerio Público, incluidos los testimonios de los agentes 'Carlos' y 'Rene' y el exmiembro de la PNP, Harvey Colchado y Walter Lozano.

La defensa legal de la presidenta, representada por el abogado Juan Carlos Portugal, sostuvo que se realizó una vulneró el derecho a la motivación, a la defensa e igualdad de partes, debido a que no se habría permitido su participación en la diligencias fiscales en contra de su patrocinada.

Sin embargo, el juez supremo, Juan Carlos Checkley, consideró que las pruebas obtenidas por el Ministerio Público están sujetas a la ley y no hubo una vulneración de derechos, como señala la mandataria. La Fiscalía tomó las declaraciones de los miembros de la PNP en secreto debido a que, según indica la constitución, Dina Boluarte es la Jefa Suprema de las Fuerzas Armadas y PNP, por lo que podría haber tomado algún tipo de represalias.

"Declarar infundada la solicitud de tutela de derechos presentada por la defensa de la investigada Dina Ercilia Boluarte Zegarra contra el Ministerio Público, respecto al proceso seguido en la Carpeta Fiscal N°153-2024", se lee en la resolución.

Fiscalía declaró infundada la tutela de derechos presentada por Dina Boluarte.

Dina Boluarte quiso anular las declaraciones de Harvey Colchado

Asimismo, la Fiscalía sostiene que en el "Cuaderno Secretos de las comunicaciones-tomo único" contienen las declaraciones de Harvey Colchado, Walter Lozano Pajuelo, Morán Soto, entre otros, en el que señala que existirían "acuerdos ilícitos", en el que el exabogado de Dina Boluarte, Mateo Castañeda, habría ofrecido a Colchado y Lozano para que "la investigación contra Nicanor ya no sea llevada por la Eficcop y que lo ayudará a que ese pedido sea aceptado por la coordinadora Marita Barreto, (…) donde él se encargaría de solucionarlo".

"En esa reunión, el abogado Mateo Castañeda le pidió al coronel Lozano Pajuelo dos cosas, la primera, que la defensa de Nicanor Boluarte, mediante escrito, solicitaría que la carpeta fiscal sea derivada a la fiscalía provincial especializada en corrupción, donde él tenía sus contactos. (…)Lo segundo era que me dijera a mi persona que me iban a cuidado, que no me iba a pasar nada toda vez que el abogado Mateo Castañeda era veía de parte de la presidenta", declaró Colchado.

Declaración de Harvey Colchado.

Poder Judicial le da la razón a la Fiscalía

El juez Juan Carlos Checkley concluyó de que la tutela de derechos presentada por la defensa legal de Dina Boluarte en enero de este año, semanas después de que la Fiscalía realizó la denuncia constitucional contra la mandataria ante el Congreso. Este punto es clave debido a que, ahora, es competencia exclusiva del Parlamento determinar si hubo o no alguna infracción legal.

"La fiscalía remitió al Congreso la referida denuncia constitucional y la presente tutela de derechos fue presentada a este Juzgado Supremo de investigación Preparatoria el 29/01/2025, esto es, cuando ya no tenía competencia para resolverla. (...) En ese sentido, estando a que el presente proceso se encuentra en el fuero parlamentario, la tutela es desestimada", se lee en el documento.

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