
El Poder Judicial y la Fiscalía de la Nación alertaron sobre el impacto negativo que tendría reformar la ley de extinción de dominio. De acuerdo con las lideresas de cada institución, las modificaciones planteadas por el Congreso perjudicarían la lucha contra el crimen y daría impunidad a los patrimonios ilegales.
La fiscal Delia Espinoza consideró que los dineros ilícitos o los patrimonios mal habidos por parte de la criminalidad organizada, ya sea mediante la minería ilegal, trata de personas, etcétera, generan un gran daño a la sociedad.
“No podemos permitir de que esta ley quiera exigir una sentencia firme en tema penal, no podemos aceptar este cambio legislativo porque definitivamente sería un retroceso para la lucha contra la criminalidad y permitiría la impunidad respecto de estos patrimonios y financiamiento ilegales”, dijo.
Asimismo, resaltó que hay "acciones concretas de hacerle frente a la pretendida reformulación de esta ley que implica una destrucción a lo que es la lucha contra la criminalidad organizada en todas sus formas”.
En ese sentido, informó que en cinco años, el Subsistema Nacional de Extinción de Dominio logró recuperar cerca de US$ 160 millones a favor del Estado en procesos por delitos de corrupción, narcotráfico, lavados de activos, minería ilegal, tala, trata de personas.
Con ello, el Poder Judicial dictó 1685 sentencias en primera instancia y 815 en segunda, lo que hace un total de 2500 sentencias en el periodo referido, sin embargo, con la Ley del Congreso solo podrán ser incautados los bienes ilícitos cuando haya sentencia penal firme. Además, la norma plantea que la imprescriptibilidad sobre esta materia baje de 20 años a cinco.
Por su parte, el juez supremo coordinador del subsistema judicial, Manuel Luján Túpez mencionó: “Al contrario, es la garantía absoluta de que solo la propiedad bien habida será la que debe prevalecer en un Estado constitucional”.
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La aplicación de la Ley de Extinción de Dominio, aprobada por el decreto legislativo N° 1373 de agosto de 2018, estaría afectando el derecho de propiedad, la presunción de inocencia y el principio de buena fe, coincidieron en señalar diversos especialistas durante una mesa redonda organizada por la Cámara de Comercio de Lima.
Dicha norma establece que el propietario de un determinado inmueble pierde la propiedad si el bien proviene o fue utilizado en actividades ilícitas, sin necesidad de que el delincuente haya sido sentenciado.
En la práctica diaria, es suficiente que la autoridad sospeche de la probable procedencia ilícita del bien, para que pueda pasar al poder del Estado y sea rematado casi de inmediato.

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