En una conferencia de prensa, en el contexto del paro de transporte motivado por extorsiones, el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, informó que la presidenta Dina Boluarte había firmado la contrarreforma que devuelve a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad para investigar delitos. Por su parte, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, adelantó que la norma será publicada este jueves 10 de octubre en el diario El Peruano.
La ley impulsada inicialmente por la Comisión de Justicia y la Comisión de Defensa fue aprobada en primera votación por el fujicerrorismo, Alianza Para el Progreso y sus aliados. Siete días después fue ratificada en segunda votación con 80 votos a favor, 6 en contra y 31 abstenciones, con el respaldo de las bancadas de Fuerza Popular, APP, Perú Libre, Bloque Magisterial y Renovación Popular.
La reforma del Código Procesal no solo limita las facultades de la Fiscalía, sino que también va en contra del artículo 159 de la Constitución Política del Perú. De acuerdo con el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, la Policía no está preparada para asumir este tipo de funciones fiscales, debido a que no cuenta con la infraestructura para las diligencias, además de no contar con el personal capacitado. "Claramente, vulnera nuestras facultades constitucionales para dirigir la investigación del delito desde su inicio. El Poder Ejecutivo tendría el control de las investigaciones en esa etapa. Eso va en contra de la Constitución", dijo el representante del Ministerio Público.
Juan Carlos Villena se mostró en contra de la decisión del Gobierno. Foto: composición LR
La modificación del artículo IV del Código Procesal Penal destaca que la PNP tiene a su cargo la investigación preliminar del delito y realizará las diligencias que, por su naturaleza corresponden a dicha competencia. La norma precisa que la investigación que practica la PNP será con la conducción jurídica del Ministerio Público, aunque inicialmente lo tendrá a cargo la Policía.
Asimismo, destaca que el Ministerio Público está obligado a actuar con objetividad indagando por intermedio de la PNP los hechos constitutivos del delito que determinen o acrediten la inocencia del imputado.
"Implica la orientación legal de las acciones que realiza la Policía dentro de los parámetros de la ley para la obtención de los elementos de prueba", dice la norma.
PNP tendrá a cargo la investigación policial. Foto: Andina
El mencionado artículo de la Constitución del Perú precisa que corresponde al Ministerio Público:
El 11 de septiembre, los fiscales supremos, presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores y de los Fiscales Provinciales, coordinadores nacionales de las Fiscalías Especializadas y de los Equipos Especiales del Ministerio Público, en representación de todos sus integrantes a nivel nacional, alertaron que la contrarreforma que busca modificar y limitar las funciones constitucionales de los fiscales, afecta el derecho a un debido proceso y el respeto de los derechos fundamentales de las personas que acuden al sistema de justicia.
Asimismo, afirmaron que la mencionada reforma legislativa es inconstitucional, pues pretende trasladar a la PNP aquellas investigaciones vinculadas a delitos de corrupción de funcionarios de alto nivel y poder público, afectando la objetividad. Es así que solicitaron a la presidenta Boluarte que, observe la mencionada reforma, acción que no realizó y terminó por oficializarla.
Tras la aprobación del proyecto de ley que modifica el nuevo Código Procesal Penal y otorga a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad de liderar las investigaciones preliminares de delitos, el abogado constitucionalista Luciano López advirtió en una entrevista con La República sobre los riesgos de esta contrarreforma.
López también señaló que es poco probable que el Tribunal Constitucional declare la inconstitucionalidad de esta ley, dado que recientemente no ha rechazado otros proyectos impulsados desde el Congreso.
Además, el abogado subrayó que la reforma incluye un artículo que no tiene relación con la propuesta principal y cuyo objetivo sería restringir a los fiscales para que no puedan opinar sobre casos específicos, limitando así su capacidad de expresión.
"Todo esto nos muestra que, aparentemente, la Policía Nacional ha actuado por omisión en la búsqueda real y efectiva de este prófugo de la justicia. Si esta ley hubiera sido ya publicada en El Peruano y debidamente promulgada, como es una norma procesal, debería aplicarse de manera inmediata. Entonces, ¿la investigación incipiente la va a manejar la Policía Nacional en contra de su propia jefa suprema? Es complicado; ese es el problema que surge en esta situación", sostuvo.