Luciano López: "Es complicado que PNP investigue a Dina Boluarte, su jefa suprema, por encubrimiento a Vladimir Cerrón"
El abogado constitucionalista advierte que con esta contrarreforma el Ejecutivo podrá instrumentalizar aún más a la PNP. Asimismo, ve poco probable que el Tribunal Constitucional tome cartas en el asunto.
Después de la aprobación del proyecto de ley que modifica el nuevo Código Procesal Penal y otorga a la PNP la facultad de liderar investigaciones preliminares de delitos, el abogado constitucionalista Luciano López, en una entrevista con La República, alertó sobre el peligro de esta contrarreforma, la cual, según él, no será observada por la presidenta Dina Boluarte.
López también menciona que es poco probable que el Tribunal Constitucional declare inconstitucional esta ley, ya que recientemente no se ha opuesto a otros proyectos impulsados desde el Congreso.
Además, López destacó que dentro de esta reforma se ha incluido un artículo que no guarda relación para nada con dicha propuesta y con el que se busca silenciar a los fiscales para que no emitan opinión sobre casos específicos.
—El proyecto de ley que faculta a la Policía para que lidere las investigaciones preliminares de delitos fue aprobada con 80 votos a favor, 6 en contra y 31 abstenciones. ¿A qué respondería esta contrarreforma, la cual varios expertos han anunciado que es inconstitucional?
—Lo que el Congreso ha hecho es como para tratar de aparentar que están dentro del marco constitucional, han puesto que se va a 'conducir jurídicamente la investigación', pero si tú lees el artículo 159, inciso 4 de la Constitución— dice que el Ministerio Público conduce desde el inicio la investigación con el apoyo de la Policía, allí viene el detalle, una cosa es apoyar y otra liderar las investigaciones, es distinto.
Racionalmente, la Policía no puede pasar de apoyar, de ser un actor secundario y complementario a ser protagonista. La Constitución te dice que el actor principal para todo efecto es el Ministerio Público. Yo creo que detrás de esto hay un trasfondo político que está marcado por lo que va más allá del análisis legal, pero que permite entender por qué desde ese punto de vista se ha hecho una propuesta que ya ha sido consolidada.
—¿Cree que Dina Boluarte observará este proyecto de ley? Cabe resaltar que Dina Boluarte tiene varias investigaciones en la Fiscalía y el propio presidente del Congreso ha dicho que ve indicios de inconstitucionalidad.
El señor Salhuana va a tener todavía un rol por ejercer. Dentro del mundo de las posibilidades jurídicas constitucionales tienes, por un lado, de que la presidenta de la República tiene un plazo de 15 días para observar la ley o promulgarla. Si esto sucede, sería algo bastante cuestionable por las series de investigaciones que tiene.
Me da la impresión que va a suceder algo similar a lo que pasó con la ley que prescribe delitos de lesa humanidad porque en esa ley recordemos que también fue aprobada por el Parlamento, el Ejecutivo no lo observó, pero tampoco lo promulgó, no hizo ni lo uno y lo otro, me da la impresión que la presidenta va a hacer lo mismo. Por eso digo que Eduardo Salhuana todavía tiene un rol que cumplir.
Poder Ejecutivo encubre a Cerrón, de acuerdo con Santiváñez. Foto: composiciónLR/difusión
—¿Existe la posibilidad de que se presente una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional?
—Es una de las posibilidades porque la disposición es inconstitucional, pero acá tenemos justamente un problema que lamentablemente es político: el Tribunal Constitucional nos ha dado muestras que está dejando una serie de leyes aprobadas por el Parlamento, de ser un contralor de la Constitución ha pasado a ser un Contralor de las leyes del Congreso. No sabemos qué cosa es lo que pueda pasar, lo lógico es que sea inconstitucional, pero con este TC el panorama es incierto.
—Esta contrarreforma, más allá de facultar a la Policía Nacional, también faculta al Poder Ejecutivo que ahora dirigiría las investigaciones ¿Cuán peligroso podría ser que la Policía lidere y el Gobierno controle?
Exactamente, el proyecto no dice eso, pero la frase más adecuada es que el Ejecutivo podría tener algún tipo de injerencia, ya que no debemos olvidar que la presidenta es la jefa suprema de las Fuerzas Armadas y de la Policía. Si bien es una institución adscrita al sector Interior, las probabilidades de interferencia política son altas.
No olvidemos que han ocurrido situaciones en las que la presunta intervención del poder político en la Policía Nacional se ha manifestado, como en el caso del coronel Harvey Colchado. Durante los gobiernos de los señores Castillo y Boluarte, se ha instrumentalizado la Inspectoría de la Policía para abrirle procedimientos disciplinarios. Asimismo, esto sucede con lo que se ha revelado recientemente, respecto al presunto encubrimiento al señor Cerrón.
Todo esto nos muestra que, aparentemente, la Policía Nacional ha actuado por omisión en la búsqueda real y efectiva de este prófugo de la justicia. Si esta ley hubiera sido ya publicada en El Peruano y debidamente promulgada, como es una norma procesal, debería aplicarse de manera inmediata. Entonces, ¿la investigación incipiente la va a manejar la Policía Nacional en contra de su propia jefa suprema? Es complicado; ese es el problema que surge en esta situación.
Congreso busca sancionar a fiscales que adelanten opinión en investigaciones
Por otro lado, el constitucionalista señaló un aspecto que ha pasado inadvertido: “El artículo 53 establece que los jueces se inhibirán por las siguientes causas: cuando hayan asesorado o expresado su opinión sobre el caso a alguna de las partes del proceso, o exista cualquier otra causa basada en motivos serios que afecte su imparcialidad".
En esa misma línea, señala que hasta ahí todo parece correcto, ya que los jueces deben mantener siempre la imparcialidad. Sin embargo, sostiene: "¿dónde está el problema? La controversia surge con lo que se añade a continuación: esta disposición también se aplica a los fiscales en los mismos términos, constituyendo una falta muy grave según la Ley 29277, Ley de la Carrera Judicial".
Posteriormente, argumenta que, a diferencia de los jueces, los fiscales no están obligados a adherirse al principio de imparcialidad. Esto parece una incongruencia con la reforma, y por eso da la impresión de que se ha introducido a manera de contrabando. Esto implica que cuando los fiscales han manifestado su postura sobre el caso a través de medios de comunicación, como ocurre en algunos casos notorios, lo que realmente se busca es limitar su capacidad de expresión. "Aunque deben actuar con mesura y objetividad, no se les exige ser imparciales", finalizó.