El gobierno de Dina Boluarte ahora busca amparo en el Tribunal Constitucional (TC), seleccionado por el Congreso que archivó siete mociones de vacancia presidencial. A través de una resolución ministerial, el Ejecutivo comunicó que interpondrá una demanda competencial contra el Ministerio Público (MP) y el Poder Judicial (PJ) “por menoscabo estricto en el adecuado ejercicio de las competencias y funciones de la presidenta”.
En conferencia de prensa, el ministro de Justicia, Eduardo Arana, alegó que esta demanda pretende que el TC delimite, con base en el artículo 117 de la Constitución, hasta qué punto la mandataria pueda ser procesada mientras está en Palacio. “La Fiscalía de la Nación ha abierto investigación contra la institución presidencial y no ha expresado fundamento alguno”, dijo.
Arana sostiene que históricamente el Ministerio Público no ha sometido a indagaciones a mandatarios en funciones. Los expresidentes Alejandro Toledo, Alan García y Ollanta Humala, recordó, fueron denunciados cuando ejercían el cargo, pero la Fiscalía de la Nación no procedió hasta que culminaron su periodo. “Lo que se busca es delimitar la aplicación del artículo 117 y que este comportamiento histórico constituya un precedente y el camino a seguir por todos los fiscales de la Nación”, sostuvo.
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Con ello, el Ejecutivo pretende que Boluarte sea intocable hasta el 2026. El ministro, sin embargo, dice que “se trata de establecer orgánicamente y que quede claro si la Fiscalía de la Nación tiene la prerrogativa de investigar. La conducta histórica de los fiscales ha sido que no pueden investigar o acusar”.
La demanda competencial asoma como una maniobra del Gobierno, dos días después que venciera el plazo de investigación preliminar contra Boluarte por el caso Rolexgate, y el fiscal de la Nación, Juan Villena, alista una denuncia constitucional contra la mandataria.
El ministro de Justicia dice que el fiscal Villena tendrá que explicar ante el Tribunal Constitucional por qué no procedió como sus antecesores, encarpetando las denuncias hasta que termine el Gobierno.
“Por qué ellos han interpretado de esa forma y a usted se le ocurre hacerlo de otra. Él tendrá que explicar y si tiene razones, las pondrá sobre la mesa”, manifestó.
El artículo 117 de la Constitución señala que el presidente solo puede ser acusado durante su mandato por traición a la patria, impedir las elecciones, disolver el Congreso e impedir el funcionamiento de los organismos electorales.
Pero existe la controversia sobre qué es acusar y si la etapa de indagación está incluida.
El abogado constitucionalista Heber Campos recuerda que el MP le abrió una pesquisa al expresidente Pedro Castillo en su gobierno. “Al final, la tesis que se impuso en el caso Castillo es que una cosa son los actos de investigación y otra es la acusación”, explicó.
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Para acusar a un alto funcionario, debe haber una denuncia constitucional y esta debe ser aprobada por el Congreso. En caso de un presidente, solo hay cuatro imputaciones viables mientras ejerce su función, como señala el artículo 177.
“Lo que busca el Gobierno es que el TC siente una posición con miras a que la respuesta sea favorable a la hipótesis de que no es posible investigar a la presidenta”, agregó Campos.
La paradoja es que este régimen alega que ningún presidente es investigable mientras gobierna, pero el año pasado su Congreso aliado inhabilitó a la fiscal suprema Zoraida Ávalos por no haber sometido a indagación a Castillo por los presuntos actos de corrupción en el Ejecutivo. Pero con Boluarte en Palacio la situación cambia. Y ahora el TC tiene en sus manos resolver si la mandataria estará blindada hasta el 2026.
En noviembre del 2023 la exfiscal de la Nación Patricia Benavides presentó una denuncia constitucional contra Dina Boluarte por las muertes en las protestas en regiones.
Boluarte, además, es investigada por los casos Rolexgate y Los Waykis en la Sombra. Esta última indagación involucra a su hermano Nicanor Boluarte y su exabogado Mateo Castañeda.