La Contraloría General de la República envió al Congreso un informe sobre la presunta infracción al artículo n.° 126 de la Constitución que habría cometido la vicepresidenta Dina Boluarte. Sin embargo, existen documentos que prueban lo defendido por la también ministra de Desarrollo e inclusión Social: su solicitud de licencia a la asociación privada Club Departamental de Apurímac.
En un oficio que data del 26 de julio de 2021, se lee que Boluarte Zegarra solicitó licencia a su cargo de presidenta de la mencionada institución.
“Es grato dirigirme a ustedes con la finalidad de (...) solicitar licencia al cargo de Presidenta del Consejo Directivo de nuestro querido CDA, en vista de haber sido elegida por voto popular como primera vicepresidenta de la República por el periodo 28 de julio 2021 al 28 de julio 2026″, dice.
Documento probaría lo dicho por la viceministra Dina Boluarte. Foto: difusión
En la misiva del 9 de agosto de 2021 se lee que fue aprobada la citada solicitud y firmada por la secretaria general, Gladis Delgado Cavero.
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“Al respecto de la solicitud de licencia al cargo de la presidencia del Club Departamental Apurímac, le debo informar que el Consejo Directivo en sesión de fecha 5 de agosto de 2021 acordó por unanimidad aprobar la licencia solicitada por usted a dicho cargo”, se afirma.
Dina Boluarte es acusada de haber intervenido en la dirección de la asociación privada Club Departamental Apurímac, así como en la Asociación de Clubes Departamentales del Perú mientras ejercía el cargo de ministra de Desarrollo e Inclusión Social.
Documento de la aprobación de solicitud de licencia. Foto: difusión
Recientemente, la vicepresidenta Dina Boluarte aseguró que no ha incurrido en infracción constitucional del artículo n.° 126 de la carta magna. En su comunicado afirmó que solicitó licencia en ambas instituciones.
“Ante los cargos presentados por la Contraloría, preciso que cualquier documento suscrito con posterioridad a mi solicitud de licencia se circunscribe estrictamente a la subsanación registral necesaria para garantizar la sucesión de mi reemplazo y no obedece en absoluto a funciones de dirección ni gestión”, se lee.