Como ya se conoce, el Tribunal Constitucional (TC) falló a favor de declarar fundado el recurso presentado contra la sentencia que anuló el indulto humanitario al condenado Alberto Fujimori, concedido por el exmandatario Pedro Pablo Kuczynski en diciembre de 2017, con la finalidad de salvarse de ser vacado por el Congreso de esa época. La votación terminó tres a tres, pero el voto dirimente de Augusto Ferrero -actual presidente del TC- inclinó las cosas a favor de Fujimori. En el mismo sentido fallaron Ernesto Blume y José Luis Sardón. Se opusieron Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Manuel Miranda.
¿Qué argumentos se expusieron para declarar infundada la demanda? Hubo varios. Fuentes del TC explicaron que la magistrada Ledesma planteó hasta cinco puntos que, desde su punto de vista, ameritaban rechazar el habeas corpus. En primer lugar, que las sentencias judiciales en el Perú se tienen que cumplir, sin distinciones ni diferencias. Ledesma, incluso, expuso que en el Perú hay más de 100 condenados con más 80 años que no pueden acceder al mismo privilegio de Fujimori.
Segundo, lo que tiene que ver con la impunidad y la reparación. La magistrada indicó en su presentación ante los demás magistrados que el ponente de la causa (Blume) y quienes lo apoyaban parecían ir contra la Convención Interamericana de los Derechos Humanos. En tanto, las sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta se encuentran supervisados por la Corte Interamericana.
Tercero, Ledesma alertó sobre el hecho de que ni siquiera se había cumplido con pagar las reparaciones a las víctimas del fujimorismo.
Cuarto, y frente al argumento de que la muy delicada salud del expresidente hacia necesaria su excarcelación, Ledesma leyó el tuit de Keiko Fujimori del 14 de marzo en el que la ex candidata presidencial informaba que su padre ya había sido dado de alta en la Clínica Centenario para proseguir su tratamiento en el penal Barbadillo.
Y quinto -que para Ledesma era lo más importante, de acuerdo con las fuentes consultadas- es que el trasfondo de este indulto es la corrupción. En ese sentido, la magistrada recordó a sus colegas que a Kuczynski se le investiga por la excarcelación de Fujimori en retribución por los votos que Kenji Fujimori consiguió para evitar la primera vacancia presentada en su contra.
De hecho, en setiembre de 2021, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, consideró que existen argumentos para denunciar constitucionalmente a Kuczynski por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de tráfico de influencias agravado y cohecho pasivo propio. Por los mismos delitos también se acusa a Kenji Fujimori. A los exministros de Justicia y Salud, Enrique Mendoza y Fernando D’Alessio, respectivamente. se les imputa por el presunto delito de cohecho pasivo propio.
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Ledesma dijo en su fundamentación de voto que no es posible que desde el TC se valide un indulto que, de acuerdo a todos los indicios, fue construido en un escenario de corrupción y así se le brinde un manto de impunidad a estos cuatro investigados por el Ministerio Público.
Por su parte, las mismas fuentes indicaron que el magistrado Espinosa-Saldaña, en su fundamentación, mencionó que la decisión de la Corte Suprema -cuando anuló el indulto otorgado por Kuczynski- había actuado de acuerdo a sus atribuciones y con una sentencia razonable.
Espinosa-Saldaña también mencionó que, si bien es verdad que Fujimori presenta problemas de salud, estos son los propios para una persona de su edad, fuera de que cada vez que enfrenta alguna complicación sea trasladado de inmediato a la clínica. Además, advirtió sobre las consecuencias que podrían sobrevenir con la Corte Interamericana.
Finalmente, Miranda ofreció una intervención corta en la que defendió el hecho de que la Corte Suprema tenía la competencia para anular el indulto de Kuczynski.