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Política

Alcalde Omar Candia es condenado a 6 años de prisión efectiva

Burgomaestre de Arequipa se coludió con funcionarios y empresarios para comprar cámaras de videovigilancia en una licitación trucha y que tenía como propósito favorecer a una empresa.

Omar Candia apelará a la segunda instancia para evitar la cárcel.
Omar Candia apelará a la segunda instancia para evitar la cárcel.

Elizabeth Huanca

Nueve años después de iniciado el proceso, el alcalde provincial de Arequipa, Omar Candia Aguilar, fue condenado a seis años de pena privativa de la libertad efectiva por la compra irregular de 40 cámaras de videovigilancia en el 2012. Ese año, Candia se desempeñaba como burgomaestre de la municipalidad distrital de Alto Selva Alegre.

El juez Edy Leva Cascamayta lo halló responsable del delito de colusión por “acción” agravada en calidad de autor. En ese sentido, lo inhabilitó de ejercer cualquier cargo público o trabajar para el Estado por tres años.

El fiscal Rubén Núñez solicitó 10 años de cárcel para Candia; sin embargo, el magistrado advirtió que no se motivó de forma adecuada el tiempo de condena por lo que aplicó la pena mínima del delito en mención.

Junto a Candia, fueron condenados a seis años de cárcel el ex subgerente de Servicio Comunal de Alto Selva Alegre, Reynaldo Ubaldo Díaz Chilo, y el empresario José Luís Ríos Sánchez. El primero en calidad de autor y el segundo como cómplice.

En tanto, el exsubgerente de Logística, Juan Jesús Lipe Lizárraga, y el ingeniero consultor Sandro Constantino Martínez Sardón, fueron sentenciados por colusión simple a tres años de pena suspendida, sujeto a reglas de conducta.

El magistrado también halló responsabilidad en el fallecido exgerente general de la comuna distrital, Daniel Gómez, quien llevó adelante todo el proceso, con un poder entregado por Candia. En ese sentido, los sucesores del exfuncionario, junto a todos los sentenciados, deberán pagar de forma solidaria una reparación civil que supera los 100 mil soles. El juez desestimó el pago de S/ 2 millones, solicitado por la Procuraduría, debido a que no se argumentó debidamente el pedido.

En el adelanto de fallo dado ayer, el magistrado concluyó que Candia, sus exfuncionarios y empresarios se coludieron para la compra e instalación del sistema de videovigilancia cuyo costo superó los S/ 3 millones.

Tercer proceso

Este es el tercer juicio que Candia afronta por este caso. Los dos fallos anteriores, uno absolutorio y el otro donde se aplicó la misma pena (06 años), fueron anulados por vicios procesales. En ambos casos, la autoridad fue acusado como “coautor”.

Sin embargo, en esta ocasión la Fiscalía planteó una acusación complementaria, que permitió una calificación alterna, por lo que Candia, fue acusado como coautor o en su defecto como autor.

Bajo ese planteamiento el juez señaló que Candia estableció un “pacto colusorio” con exfuncionarios y empresarios del consorcio Soluciones Andinas para sacar adelante la adquisición e instalación de cámaras, varias de ellas inservibles en la actualidad, según fuentes de la comuna de Alto Selva Alegre.

Candia, para buscar la absolución, se amparó en la delegación de facultades cedidas a Gómez, fallecido meses atrás por la COVID-19, para que este tomará todas las decisiones en torno al proyecto.

Empero, el magistrado advirtió que este “dejó actuar intencionalmente frente al incumplimiento contractual del consorcio, a pesar de la comunicación que le hizo Seal y Osinerming. También permitió la presentación de la carta fianza alcanzada por el consorcio, pero solamente por Soluciones del Perú y no por la empresa consorciada. Permitió el pago íntegro a la empresa, sin que esté en funcionamiento la obra en un 100%”. El juez, recordó que en su calidad de abogado, el alcalde actuó con pleno conocimiento.

Puede ser suspendido

Con la sentencia en primera instancia, el alcalde provincial seguirá en funciones.

El juez ha programado el fallo integral para el 30 de diciembre, solo ahí, Omar Candia y el resto de sentenciados pueden apelar. Su caso será visto por una sala superior. Se calcula que el proceso podría programarse para abril o mayo de 2022.

El abogado Jorge Sumari, explica que si la Sala confirma el fallo condenatorio, el consejo municipal deberá suspenderlo en el cargo (art.25-inc. 5 LOM) por condena en segunda instancia. Ello al margen que la autoridad recurra a la Corte Suprema.

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