Aníbal Torres, ministro de Justicia y Derechos Humanos, reiteró su rechazo al dictamen de insistencia que aprobó el último sábado, en una sesión extraordinaria, la Comisión de Constitución del Congreso de la República que limita los escenarios en los que el Poder Ejecutivo puede presentar una cuestión de confianza. El catedrático instó a la representación nacional a también modificar los parámetros de la vacancia presidencial, a fin de mantener el equilibrio entre poderes.
“Ellos disminuyen la facultad de (cuestión de) confianza que tiene el Ejecutivo, ya no se sabe ni siquiera con qué porque dicen que su ley es interpretativa, que es una interpretación auténtica o que es un desarrollo constitucional. Gigante la brutalidad (...) por lo que estamos diciendo: la Constitución no se puede modificar sino con otra ley constitucional, no con una ley ordinaria, interpretativa, auténtica o de desarrollo”, expresó el titular del Minjusdh en un encuentro organizado por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNMSM.
En ese sentido, el ministro recordó que los mecanismos para una reforma constitucional están establecidos en el artículo 206 de la carta magna. Dicho apartado dispone que toda modificación debe ser aprobada por la mayoría del Parlamento y ratificada mediante referéndum, medida que puede omitirse si “el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas”.
“Si el Congreso quiere modificar la cuestión de confianza, tiene que modificarla conjuntamente con la vacancia presidencial. Por ejemplo, y no es difícil hacerlo, que establezca que la vacancia presidencial procede no como dice actualmente la Constitución —por incapacidad moral—, sino por incapacidad mental y física, y limitar la cuestión de confianza a los términos y temas que correspondan al Congreso de la República”, sostuvo.
En otro punto de su intervención, Aníbal Torres aseveró que es la ciudadanía la instancia que decidirá si se crea o no una nueva Constitución Política del Perú.
“Si el pueblo quiere una nueva Constitución, se dará una nueva Constitución; y si no quiere, no habrá nueva Constitución. ¿Quién le va a decir al pueblo que sí o que no?”, aseguró.
También indicó que la persona o institución que plantea una ley “tiene que respetar esos límites formales y materiales señalados por otra norma jurídica de rango superior, hasta llegar a la Constitución”.
“Una vez llegado a la Constitución, el poder soberano, el poder de poderes, el poder supremo no tiene límites. Es el poder que puede crear una nueva Constitución, el único. ¿En quién radica ese poder? En la nación, en el pueblo, en la ciudadanía”, agregó.