El juez Juan Carlos Sánchez Balbuena, declaró infundado el pedido del Ministerio Público de impedimento de salida del país solicitado para la exgobernadora regional de Arequipa Yamila Osorio. El magistrado consideró que los testimonios de dos aspirantes a colaboradores eficaces, quienes acusan a Osorio de exigir una coima de 2 millones de soles a ICCGSA por el tramo III de la Variante de Uchumayo, no están corroborados. Por tanto, no pueden ser motivo de una medida coercitiva.
Sánchez Balbuena apoyó su resolución en el artículo 158 del Código Procesal Penal, que indica que se requiere la corroboración de los testimonios de los colaboradores, para dictar una medida preventiva o una pena efectiva. En la audiencia, el fiscal Hamilton Montoro sustentó la corroboración de los aspirantes a colaboradores con documentos del proceso de adjudicación del tramo III de la Variante de Uchumayo, para dar veracidad a las fechas. Para Sánchez, se necesita un respaldo documental o testimonial, del presunto pedido de coimas de Osorio a los directivos de la empresa ICCGSA.
El juez tampoco considera en la sustentación de la Fiscalía, el informe de Contraloría del 2018, que halló irregularidades en la adjudicación y ejecución de la obra del tramo III de la Variante de Uchumayo. La razón del magistrado, es que el fiscal no lo adjuntó en su requerimiento ni lo presentó durante la audiencia. Montoro solo lo nombró, indicando que era de acceso público.
El juez admite que las declaraciones de los testigos son un indicio para empezar las pesquisas, pues acusan un delito grave, pero no califican para dictar una medida que impida el derecho de libre tránsito de la exgobernadora.
El magistrado también descartó el peligro de fuga de Osorio, quien se encuentra en España desde el 25 de junio. Sostiene que ella salió al extranjero antes que se abra la investigación, el 23 de octubre, por tanto, no tenía conocimiento de los hechos que se le imputan.
Finalmente, el juez Sánchez Balbuena sostiene que las diligencias preliminares, no requerirían la presencia de Osorio en el país, pues abarcan declaraciones y pedidos de información. Además, sostiene que no se han registrado diligencias que se hayan frustrado por la inasistencia de Osorio, lo que sí sería un indicio de obstaculización.
El juez no descarta que, a futuro, pueda dictarse una medida coercitiva contra la exgobernadora para asegurar las investigaciones, pero dependerá del avance de las pesquisas y los sustentos del Ministerio Público.
Los aspirantes a colaboradores eficaces señalan que los directivos de ICCGSA solo habrían abonado S/ 450 mil de los presuntos S/ 2 millones exigidos por la gobernadora, y que este sería el motivo para la resolución del contrato, a fines del 2017.
Yamila Osorio señaló que estas acusaciones son una venganza de ICCGSA, por la rescisión del contrato ante una serie de incumplimientos en el avance de obra y la falta de pago a pequeños proveedores de la ciudad.