La Fiscal Suprema Bersabeth Revilla tiene seis semanas para explorar ilicitud en la devolución a Odebrecht de 524 millones de soles, un dinero remanente de la venta de la hidroeléctrica de Chaglla. Fue uno de los temas polémicos del 2019. Para permitir el desembolso el Estado admitió dilatar el cobro de su indemnización –de 610 millones– hasta el 2034. El imputado por supuestos delitos de negociación incompatible y omisión de deberes funcionales es Jorge Ramírez, Procurador Ad Hoc para Lava Jato. Ramírez autorizó las condiciones de la reparación civil como parte de un pacto del Ministerio Público con la empresa. El denunciante fue el Procurador Anticorrupción Amado Enco.
Enco, proveniente del IDL, encrespó al activismo anticorrupción, que se mostraba a favor de la devolución del dinero a la constructora. El directivo del IDL Carlos Rivera dijo que, si prosperaba, la denuncia podía traerse abajo las investigaciones. El abogado defensor de Ramírez, Walter Albán, al mismo tiempo miembro del Consejo Directivo de Proética, pidió su destitución. Por su parte, Enco afirmó que el pacto indemnizatorio era perjudicial a los intereses del Estado.
Yendo al dilema
El fondo de la cuestión justifica un escrutinio, que no afecta los procesos. El acuerdo de colaboración de la fiscalía con Odebrecht está cumpliéndose, luego de que la jueza María de los Ángeles Álvarez reconfirmara su homologación en un reciente auto. La empresa ya cobró el dinero de Chaglla, como estaba pactado, y ahora debe entregar la información ofrecida. La indagación de Bersabeth Revilla busca determinar si fue ilícita la fórmula para resarcir al Estado. Es una responsabilidad del Procurador Ad Hoc y no del Ministerio Público.
Según Amado Enco, la ley de colaboración eficaz dicta parámetros inflexibles para el pago de una reparación civil. Debe ser inmediato. Jorge Ramírez la habría violado al aceptar un plazo de 15 años, pues con los fondos existentes el Estado pudo cobrarla casi en su totalidad. Opiniones técnicas discordantes sostienen que el procurador sí podía fraccionar. Es el dilema que debe resolver Revilla. La investigación, por ahora preliminar, podría pasar a una fase preparatoria (previa a una acusación) o ser archivada.
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Sorda crisis
Otra controversia es si correspondía retener el dinero de Chaglla hasta asegurar las indemnizaciones por nuevos procesos. El acuerdo con la fiscalía solo comprende cuatro obras públicas. La sentencia homologatoria, del 17 de junio, condiciona la entrega de dinero a Odebrecht a la inexistencia de otras investigaciones distintas a las del convenio. Si hay sospecha de culpabilidad y la empresa no la reconoce ni colabora, los beneficios quedan suspendidos. En ese caso el Ministerio Público debe informarlo lo antes posible, bajo responsabilidad. La jueza dijo que con ello preservaba futuros pagos de reparación civil.
Este punto paralizó al Ministerio de Justicia, que se negó a devolver los fondos hasta esclarecerlo. El Minjus administra el dinero del acuerdo. El procurador Ramírez asumió que había otras investigaciones pendientes –era obvio– y que la resolución judicial impedía la devolución inmediata. Entre junio y octubre del 2019 hubo una sorda crisis. El 25 de julio, el coordinador del Equipo Especial, Rafael Vela, remitió un informe al Minjus interpretando de otro modo la sentencia. La jueza, arguyó, se había referido solo a las investigaciones preparatorias, que ya estaban judicializadas (e incluidas en el acuerdo), y no a las preliminares, en las que se explora delictuosidad. Conclusión: había que pagar a Odebrecht.
Nuevas dudas
En su informe Vela aludió a Ramírez. Dijo que el si el Procurador Ad Hoc tenía otra interpretación, “ello deberá ser debatido en la vía judicial”. A su vez, Odebrecht consideró que el Minjus incumplía la sentencia, y pidió al Poder Judicial ejecutarla. La jueza Álvarez contestó el 28 de octubre con la Resolución No. 45, aclarando el misterio: se había referido a todas las investigaciones. Preliminares y preparatorias. Pero este documento reservado, que pudo ser leído completamente para esta nota, tampoco acaba con las dudas.
El texto permite interpretar que el fiscal Vela incumplió la sentencia al no informar al Minjus de investigaciones distintas a las del acuerdo. También se comprueba que el procurador Ramírez, con sus legítimas dubitaciones, fue el responsable del retraso en la devolución del dinero. A Ramírez lo presionaba el hecho cierto de que Odebrecht no colaboraría si no cobraba, algo que la fiscalía, dependiente en extremo de la empresa, se encargó de refregarle. La presión también la sintió el Minjus: devolvió dos informes del MEF indicativos de que a Odebrecht se le pagaría con fondos públicos, hasta que obtuvo uno que aseguraba que eran privados. Hay prueba documental del intercambio.
¿Y el Gasoducto?
En cuanto a la oportunidad de la liberación de los fondos, la Resolución 45 reitera la necesidad de preservar futuras reparaciones civiles y que Odebrecht perderá beneficios si no colabora en los nuevos casos. Pero esto implicaría acuerdos y homologaciones que aún no están suscritos. Ya no hay dinero disponible. El caso del Gasoducto del Sur queda en el aire. ¿La fiscalía sospecha que hubo sobornos? Odebrecht no los admite. Según la sentencia, ¿esto debió determinarse antes o después de la devolución?
El trabajo de la fiscal Revilla será complejo. La jueza Álvarez le negó el acceso a la sentencia de junio y también lo haría con la Resolución 45(*). Sostiene que la difusión depende de las partes. Está claro que no afecta la ejecución de los acuerdos. El Ministerio Público debería cumplir con este mínimo acto de transparencia en un tema de tanto interés público.