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Política

No hay limitación para una cuestión de confianza

Comisión de Venecia. Informe concluye que no hubo infracción constitucional del Ejecutivo cuando pretendió plantear cuestión de confianza vinculada a una reforma constitucional.

El informe final de la Comisión de Venecia ratifica el documento preliminar que se hizo púbico el viernes pasado, ese en el que se concluía que “la Constitución peruana no establece ninguna limitación explícita con respecto a los temas que pueden estar vinculados a una moción de confianza”. No obstante, el documento a la vez dice que “en derecho comparado, vincular las enmiendas constitucionales a una pregunta de confianza es inusual”, aunque no dice que es ilegal.

El pronunciamiento fue en respuesta al pedido de opinión consultiva sobre las reformas constitucionales enlazadas a la cuestión de confianza, que hizo el 16 de agosto pasado Pedro Olaechea, cuando presidía el Congreso que fue disuelto el 30 de setiembre.

Por entonces, Olaechea y las bancadas fujimoristas y afines se mostraron en contra del proyecto de adelanto de elecciones generales planteado por el presidente Martín Vizcarra el 28 de julio. Ante las versiones de que el Gobierno plantearía cuestión de confianza si el Legislativo rechazaba adelantar las elecciones, fue que recurrieron a la Comisión de Venecia, aunque luego archivaron la iniciativa sin esperar el informe final de ese organismo internacional.

Las lecturas

La conclusión final de la Comisión de Venecia tiene varias lecturas. Para el viceministro de Justicia, Fernando Castañeda, el organismo consultivo internacional le da la razón al Ejecutivo, en el sentido de que no hay restricciones para plantear cuestiones de confianza y considera que en todo momento se actuó con respeto estricto de la Constitución.

El informe dice que “dependerá del Tribunal Constitucional decidir si las propuestas de enmiendas constitucionales pueden estar vinculadas a una cuestión de confianza”.

Al respecto, Castañeda sostiene que es normal que la Comisión de Venecia aconseje que se recurra a los organismos de control, como el Tribunal Constitucional, para que pueda dirimir las diferencias.

El viceministro explica que el numeral 22 del informe final dice que el Ejecutivo puede presentar iniciativas de reforma constitucional y cuestiones de confianza de manera amplia, lo que coincide con un fallo del TC sobre esa materia en el 2018.

Añade que la conclusión 43 deja en claro que la Constitución no prohíbe hacer cuestión de confianza sobre leyes de reforma constitucional y, cuando se refiere a que es inusual, “no significa que sea irregular o prohibido, sino que lo hace en comparación con tres países, donde no es usual aplicar las cuestiones de confianza en casos de reforma constitucional”.

Precisó que la Comisión de Venecia no se pronunció sobre la validez del adelanto de elecciones, pues no hubo cuestión de confianza por esa materia, sino sobre la reforma para mejorar el sistema de elección de los miembros del TC.

“En el Ejecutivo se tiene claro el respeto a la separación de poderes y por eso se ha convocado a elecciones, para que sea la población la que decida finalmente”, apuntó. Luego, el Ministerio de Justicia emitió un pronunciamiento en los mismos términos que los expuestos por el viceministro Castañeda.

Olaechea también

El presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, destaca el pronunciamiento de la Comisión de Venecia cuando dice que “cualquier proceso de enmienda constitucional debe preservar el principio de separación de poderes y la exigencia de controles y equilibrios entre el presidente y el Congreso. El poder del presidente para vincular una cuestión de confianza a las enmiendas constitucionales puede crear un riesgo de ser usado para alterar este equilibrio”.

En la misma línea que Olaechea, se pronunció el constitucionalista Natale Amprimo al señalar que en su opinión se trata de un “llamado de atención al Gobierno”, cuando el informe sostiene que las reformas constitucionales se tienen que debatir a profundidad, con amplio consenso, debido cuidado y deliberación, lo que es diferente a los pedidos de confianza del Ejecutivo.

En opinión del constitucionalista César Landa, el informe concluye que el proyecto de adelanto de elecciones fue constitucional y no habla de prohibiciones para que una cuestión de confianza incorpore una iniciativa de reforma de la Carta Magna. El magistrado del Tribunal Constitucional Eloy Espinoza sostuvo que el informe de la Comisión de Venecia queda como un documento para ser tomado en cuenta de manera consultiva en casos posteriores.

En tanto, el miembro de la Comisión Permanente de Fuerza Popular Miguel Torres dijo que se debe tomar como lo que es, una opinión consultiva que se ha pronunciado en términos generales y destacó que promueva una salida democrática con respeto a la Constitución.

En los considerandos del informe de doce páginas publicados en inglés, la Comisión de Venecia aclara que su opinión no ha tomado en cuenta el contexto actual político en el Perú y no busca proporcionar un análisis completo ni evaluar la constitucionalidad de las enmiendas y procedimientos propuestos por el Ejecutivo, cuya tarea le corresponde al “Tribunal Constitucional del Perú".

No hubo infracción constitucional

- El expremier Pedro Cateriano consideró que el pronunciamiento de la Comisión de Venecia confirma que no hubo infracción constitucional y, en términos generales, ratifica lo expresado por varios constitucionalistas cuando afirmaron que la cuestión de confianza no tiene límites para su ejercicio.

- “Quedó claro que no hubo ninguna infracción a la Constitución. El Gobierno actuó dentro de lo establecido en el texto constitucional”, apuntó.

- Sostuvo que con este pronunciamiento queda “desbaratada la campaña política iniciada en el Congreso para confundir a la opinión pública” y en el actual contexto no estamos en una discusión jurídica sino ante una “batalla política”.