“Lo primero que tiene que ocurrir es que se presente Blume”, bromea una fuente del Tribunal Constitucional cuando se le consulta qué pasos se seguirán luego de que Pedro Olaechea presentara una demanda competencial contra el Poder Ejecutivo y una medida cautelar para suspender el decreto supremo que ordenó la disolución del Congreso y la convocatoria a elecciones legislativas el 26 de enero del 2020.
La frase alude a que el presidente del TC, Ernesto Blume, ha sido internado y sometido a una operación en la rodilla. En dicha institución no conocen a ciencia cierta cuándo se reincorporará a sus labores, en un contexto especialmente complicado en la arena política.
Una vez que el titular del ente constitucional regrese, el pleno de dicho organismo deberá evaluar si admite o no la demanda. ¿Sobre cuáles criterios? Tres por lo menos, de acuerdo a lo que pudo conocer este diario: 1) Si el que presenta la demanda, en este caso Olaechea, tiene la legitimidad para hacerlo (no debe perderse de vista que firmó como presidente del Congreso, lo que hizo que el propio presidente, Martín Vizcarra, hablara de una "usurpación de funciones); 2) Si el demandado está correctamente identificado (en el escrito, es el Poder Ejecutivo); 3) Y lo más importante: si es que, realmente, se está frente a un problema competencial.
En la demanda, Olaechea persigue que se declare que el Ejecutivo “no tiene competencia para realizar pedidos de cuestión de confianza respecto de atribuciones que son de competencia constitucional exclusiva del Congreso”. La pelota está ahora en la cancha del TC.
De acuerdo con las averiguaciones preliminares que realizó La República, en el TC las opiniones están divididas para admitir o no la demanda competencial de Olaechea.
A favor de admitirla: el ya mencionado Blume, Augusto Ferrero y José Luis Sardón.
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En contra: Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Carlos Ramos. Tres a tres. En un escenario así, el voto dirimente lo tendría Manuel Miranda.
Dicho de otro modo, a estas alturas lo más probable es que sobre los hombros del magistrado Miranda esté el peso de una decisión muy importante, de indudable relevancia pública.
Si los plazos se apuraran (y el presidente Blume se reincorporara en estos días), la decisión sobre si la demanda competencial es admitida o no debería tardar un par de semanas, de acuerdo con los cálculos de personas bien enteradas de los procesos internos del TC.
Si se rechazara su admisión, no hay mucho más por discutir. Si se aceptara, tendría que seguir su trámite regular. Y acá los tiempos y las urgencias van a jugar un partido aparte.
Las elecciones legislativas para un nuevo Congreso que complete el periodo hasta julio de 2021 han sido convocadas para el 26 de enero. Esto es, en poco más de tres meses.
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Tres meses es, también, el periodo de tiempo aproximado que el TC podría tomarse para llegar a una decisión sobre la demanda competencial, si es que es admitida a trámite (lo mismo para el caso de la medida cautelar).
Para empezar, el TC tendrá que pedir la respuesta del Ejecutivo, la cual podrá entregar en un plazo de 30 días hábiles (sin contar los fines de semana).
Se podría decir que, yendo con cierta premura, el fallo del TC podría conocerse a pocos días de las elecciones del 26 de enero o incluso con posterioridad a aquellas. En ambas situaciones, y en el hipotético caso de que el TC decidiera declarar nulo el decreto que ordenó la disolución, se trataría de una resolución inaplicable en la práctica.
En todo caso, un fallo favorable –aunque no sea aplicable en la realidad– podría servir a los congresistas del Parlamento disuelto para exigirle al Estado algún tipo de indemnización, por ejemplo de índole económica, fuera de una reivindicación en el plano político.
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Otra opción, no negada por las personas consultadas, es que si la demanda es aceptada a trámite todo se acelere lo más que se pueda, a fin de acabar con la incertidumbre. “Mientras más rápido se decida esto, será lo mejor”, comentó una fuente de la institución. Entre sus razones para desear un fallo en un breve plazo se encuentra el hecho de que no tiene sentido dejar en la incertidumbre a los ciudadanos (que, en su gran mayoría, han respaldado la disolución constitucional del Congreso).
Todo esto es parte de lo que se discute, hoy, en el seno mismo del TC. Pero, de nuevo, el primer filtro que deberá resolverse es si los recursos de Olaechea son admitidos o no. Hay mucho interés en lo que decida un magistrado en especial.
El abogado constitucionalista Omar Cairo dijo que la demanda competencial impuesta por Pedro Olaechea ante el Tribunal Constitucional para anular la disolución del Congreso es improcedente.
“El proceso competencial está hecho para conflictos de competencia entre órganos en funcionamiento, e incurre en una confusión la demanda porque dice que el Congreso tiene dos órganos deliberativos: el Congreso y la Comisión Permanente, y eso no es exacto”, manifestó en una entrevista en Canal N.
Explicó que para que esta sea válida tendría que haber sido presentada por el Pleno del Parlamento, hoy disuelto.