Cuestionable fallo. Atentado contra la libertad de expresión también sorprendió por su rapidez. Salinas se reafirmó en que seguirá peleando por víctimas del Sodalicio. Debe pagar S/. 80 mil.,Condenan a periodista Pedro Salinas a un año de pena suspendida,Ayer, las partes, tanto el arzobispo José Antonio Eguren y el periodista Pedro Salinas, habían sido citadas por la jueza Judith Cueva para la presentación de alegatos, que es lo que hicieron los abogados de ambos, Percy García y Carlos Rivera, respectivamente. Se suponía que en el transcurso de cinco u ocho días la magistrada los iba a convocar para la lectura de sentencia teniendo en cuenta que se trataba de un caso sobre libertad de expresión. Sin embargo, al final de la defensa de Pedro Salinas, la jueza del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Piura suspendió la audiencia por media hora, y cuando retornó a la sala dijo que iba a leer una decisión adelantada que había tomado. A esto agregó que los fundamentos legales y definitivos los entregará el 22 de abril. PUEDES VER SIP alerta por riesgos sobre libertad de expresión en Perú Así comenzó a comentar algunas notas que tenía y concluyó diciendo que Pedro Salinas ha cometido delito de difamación agravada y, por lo tanto, emitiría un fallo condenatorio. Antes comentó, por menos de un minuto, los argumentos de la defensa del periodista, lo cual en opinión del abogado Carlos Rivera demuestra el mínimo valor que le dio a su intervención. Judith Cueva resolvió que el periodista, que ayudó a revelar el escándalo del caso Sodalicio de Vida Cristiana, cumpla un año de pena privativa de libertad, la misma que sería suspendida debido al monto de la pena. Asimismo, le impuso una reparación civil de 80 mil soles y 120 días de multa como pena accesoria. El argumento que expuso la jueza es que Pedro Salinas, en el año 2016, junto a otras personas, había formulado una denuncia penal contra el arzobispo José Antonio Eguren y contra otras personas integrantes del Sodalicio. Esta denuncia se archivó a favor de Eguren, por lo tanto, la magistrada concluyó que el periodista no debió hacer otro comentario sobre el religioso. Esta postura evidencia que Judith Cueva pretende colocar como eje central de su posición un criterio de interpretación de los hechos lesivo al derecho a la libertad de expresión en el país. Carlos Rivera informó que el 22 de abril, cuando se dé lectura al texto íntegro de la sentencia, apelarán la decisión judicial. PUEDES VER Informe final del caso Sodalicio sería debatido en junio, según De Belaunde Por su parte, Pedro Salinas sostuvo que esta sentencia es un precedente nefasto porque después de él podría seguir la periodista Paola Ugaz, con quien publicó el libro Mitad monjes, mitad soldados, sobre los abusos que se cometieron dentro del Sodalicio. “Vamos a seguir peleando por las víctimas del Sodalicio, aun cuando el Poder Judicial de Piura emita esta sentencia nefasta para el ejercicio de la libertad de prensa”, dijo Salinas. A la audiencia asistieron miembros de Amnistía Internacional y de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. “La jueza está trastocando los criterios de valoración que un juzgador debe tener sobre la actividad periodística. Un periodista puede hacer comentarios sobre una decisión que ha sido archivada”. Carlos Rivera, Abogado IDL. “Este fallo judicial sienta un precedente nefasto para la libertad de expresión en el país, pues tiene el efecto de sancionar a quien investiga sobre abusos y violaciones a los derechos humanos”. Marina Navarro, Amnistía Internacional.