Señalan que dicha consulta es un derecho contemplado en Convenio 169 de la OIT . Entregan aportes a normativa. ,Diversas organizaciones indígenas plantearon sus aportes a la propuesta de reglamento de la Ley de Cambio Climático y solicitaron al gobierno que la normativa sea sometida a consulta previa, de acuerdo al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que el Perú está obligado a cumplir. Los aportes y s su pedido lo hicieron llegar a través de una carta dirigida al Ministerio del Ambiente, en el marco del proceso de elaboración del referido reglamento. La Ley Marco sobre Cambio Climático fue promulgada en abril pasado. PUEDES VER: El Perú ya cuenta con una ley para enfrentar el cambio climático El documento fue remitido por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) y organizaciones miembros del Pacto de Unidad, como la Confederación Nacional Agraria (CNA) y la Organización Nacional de Mujeres Andinas y Amazónicas del Perú (Onamiap). Las organizaciones indígenas declaran tener la mayor urgencia y "ambición climática” para aumentar las metas de las Contribuciones Determinadas Nacionales (CND), lo cual no puede ni debe reducirse a la limitada Ley 30754 (Ley Marco sobre Cambio Climático) Sostienen que sus aportes buscan asegurar que los pueblos indígenas participen y se encuentren debidamente representados como actores claves para la lucha contra el cambio climático. En ese sentido, remarcan que es indispensable detener las agresiones territoriales, ambientales y climáticas de la minería, hidrocarburos, palma aceitera, agronegocios, tala forestal, que son agravantes locales del calentamiento global, y que quiebran la capacidad de resiliencia de nuestros pueblos, ecosistemas y del país. Entre los principales aportes destacan la aprobación de un fondo indígena, participación de las organizaciones en la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático, conformación de una plataforma climática indígena y la implementación de una red de cuencas andino costeras, a fin de garantizar el acceso indígena al financiamiento climático y una distribución justa y equitativa de los beneficios de la norma. Las organizaciones también dejan en claro que si bien participan en el proceso “Dialoguemos” emprendido por el Estado junto a otros actores de la sociedad civil y del sector público y privado, ello no sustituye ni reemplaza el derecho y la necesidad de efectuar la consulta previa del reglamento de la referida ley.