
El debate sobre las facultades de supervisión del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) en el Puerto de Chancay continuará en el Tribunal Constitucional. Luego de que la Segunda Sala Constitucional de Lima revocara el fallo que favorecía a Cosco Shipping Ports Chancay Perú y declarara improcedente su demanda de amparo, la empresa anunció que presentará un Recurso de Agravio Constitucional para que el caso sea revisado.
En declaraciones a RPP, el abogado de Cosco Shipping, Ramiro Portocarrero, sostuvo que la resolución judicial no resolvió el fondo de la controversia, es decir, si Ositrán tiene competencia para ejercer una regulación integral sobre un puerto privado de uso público. Por ello, confirmó que la empresa acudirá al Tribunal Constitucional para que ese aspecto sea evaluado.
Portocarrero afirmó que el caso trasciende el interés de Cosco Shipping y plantea un debate sobre la estabilidad del marco jurídico para las inversiones. Según explicó, el megapuerto de Chancay se desarrolló bajo un marco legal específico que sustentó una inversión superior a US$1.300 millones. En ese contexto, sostuvo que modificar la interpretación de esas normas cuando el proyecto estaba próximo a iniciar operaciones supone cambiar las reglas con las que se ejecutó la inversión.
Portocarrero explicó que la Ley del Sistema Nacional de Puertos permite la operación de puertos privados de uso público sin necesidad de un contrato de concesión con el Estado. En ese escenario, afirmó que la intervención de Ositrán debía limitarse a situaciones relacionadas con problemas de competencia o posiciones monopólicas.
En esa línea, recordó que años atrás el propio regulador habría sostenido, mediante informes técnicos, que no tenía competencias para supervisar o sancionar un puerto sin contrato de concesión. Sin embargo, aseguró que esa interpretación cambió cuando el terminal estaba próximo a iniciar operaciones y ahora Ositrán sostiene que puede ejercer funciones regulatorias, de supervisión, fiscalización y sanción.
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Para Cosco Shipping, ese cambio de criterio genera incertidumbre porque no solo implica el pago del aporte por regulación equivalente al 1% de los ingresos brutos, sino que también permitiría a Ositrán intervenir en aspectos como los niveles de servicio, las tarifas, las obligaciones operativas y otras decisiones relacionadas con la gestión del puerto.
Asimismo, el abogado defendió que el Puerto de Chancay es un terminal privado de uso público con carácter exclusivo, donde los servicios auxiliares son prestados por la propia empresa y no por terceros. Desde esa perspectiva, sostuvo que los eventuales problemas de competencia deberían ser evaluados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y no por Ositrán.
Respecto al aporte por regulación, Portocarrero indicó que este se viene pagando "bajo protesta" para evitar un mayor conflicto con el Estado. Según sus cálculos, actualmente representa menos de S/100 millones al año, aunque prevé que el monto aumente conforme crezcan las operaciones del terminal.





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