Política

Poder Judicial rechaza habeas corpus de Pedro Castillo: opinión de la ONU no es vinculante para liberarlo

A pesar de que un Grupo de Trabajo de la ONU concluyó que la detención de Castillo fue arbitraria, el Poder Judicial determinó que esa opinión "no constituye una decisión de carácter jurisdiccional".

Pedro Castillo seguirá en prisión tras ser sentenciado a 11 años de cárcel por conspiración para rebelión. Foto: Poder Judicial.
Pedro Castillo seguirá en prisión tras ser sentenciado a 11 años de cárcel por conspiración para rebelión. Foto: Poder Judicial.

El Poder Judicial rechazó la demanda de habeas corpus presentada por la defensa del expresidente Pedro Castillo, mediante la cual buscaba anular la sentencia de 11 años y 5 meses de prisión por conspiración para rebelión, así como la vacancia, el levantamiento del fuero y la prisión preventiva dictada en su contra.

La jueza Ana Osorio Sosa, del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, desestimó los argumentos de la defensa de Castillo, que sustentó su pedido en la opinión del Grupo de Trabajo de la ONU. Este organismo concluyó que la detención del exmandatario fue arbitraria y recomendó su liberación.

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Sin embargo, para la magistrada, la opinión de la ONU “no constituye una decisión de carácter jurisdiccional que resulte vinculante al Estado peruano y que, por ende, incida de manera directa en los procesos o decisiones jurisdiccionales emitidas a nivel interno”.

Es decir, lo que indicó el Grupo de Trabajo de la ONU no tiene validez en la sentencia y procesos judiciales que se le siguen a Castillo.

Otros argumentos del Poder Judicial para desestimar pedido de Pedro Castillo

En esa misma línea, el Poder Judicial determinó que la detención de Castillo no fue arbitraria, pues no se sustentó en un supuesto caso de flagrancia, sino que respondió a una decisión judicial de fondo vinculada al proceso por conspiración para rebelión.

Asimismo, también rechazó los argumentos para anular la vacancia y el levantamiento del fuero para que sea procesado penalmente. Al respecto, la jueza recalcó el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que afirmó que Castillo no dejó de ser presidente cuando el Congreso lo vacó, sino que brindó un mensaje a la Nación en el que intentó “quebrantar el orden constitucional con su declaración pública del 7 de diciembre de 2022 y su manifestación de voluntad de constituir un gobierno de facto”.

De igual forma, el TC mencionó que no se pudo seguir el procedimiento regular del levantamiento del fuero contra Castillo debido a que se trató de una "situación de emergencia".

En tanto, la jueza Osorio Sosa señaló que, debido a que el proceso penal contra Castillo aún se encuentra en curso, corresponde a la justicia ordinaria evaluar las consideraciones contenidas en el informe del Grupo de Trabajo de la ONU.

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