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Economía

SUNAT presenta proyecto que obligará a emitir comprobantes electrónicos para servicios aeroportuarios en Perú

La propuesta de la SUNAT se aplicará a todos los vuelos nacionales e internacionales, con el objetivo de reemplazar progresivamente los recibos físicos por digitales.

La SUNAT ha presentado un nuevo proyecto que obliga a los pasajeros a recibir constancias de pago en formato electrónico al realizar cualquier pago por servicios aeroportuarios.
La SUNAT ha presentado un nuevo proyecto que obliga a los pasajeros a recibir constancias de pago en formato electrónico al realizar cualquier pago por servicios aeroportuarios. | Foto: composición LR/Expreso/Travesías

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) presentó un proyecto normativo que propone la obligatoriedad de emitir comprobantes de pago electrónicos en ciertos servicios aeroportuarios, con el fin de reemplazar los documentos impresos y modernizar los procesos relacionados con la atención a los pasajeros.

Esta medida representaría un cambio significativo en la gestión de las boletas en los aeropuertos, al fomentar la digitalización de los procesos, la reducción del uso de papel y un mayor control sobre la trazabilidad fiscal, tanto en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez como en los demás terminales a nivel nacional.

¿Cuáles son los servicios a los que se estaría aplicando el cambio?

De acuerdo con la propuesta de la SUNAT, el cambio se aplicaría a los comprobantes emitidos por servicios aeroportuarios prestados a los pasajeros. Además, incluye las tasas pagadas por el uso de infraestructura aeroportuaria, los servicios ofrecidos por la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC S.A.), los concesionarios privados y cualquier entidad designada por el Estado para operar aeropuertos.

Por esta razón, cuando un pasajero paga una tasa aeroportuaria o cualquier otro servicio relacionado con el proceso de embarque, ya no recibirá un comprobante impreso, sino un documento digital que quedará automáticamente registrado en el sistema de emisión electrónica de la SUNAT, lo que reforzará la transparencia y el control tributario.

Cabe señalar que la medida tendrá alcance en todo el Perú, ya que se aplicará tanto a los vuelos nacionales como a los internacionales. Además, será de cumplimiento obligatorio en todos los aeropuertos del país, sin importar si están bajo administración estatal o en régimen de concesión.

¿Cómo se aplicará la medida en el Aeropuerto Jorge Chávez?

En el caso del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, la medida aplicará a la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) de transferencia internacional, cuyo monto asciende a US$ 11.86 y está vigente desde diciembre de 2025. Este cargo tiene como propósito financiar la infraestructura utilizada por los pasajeros en conexión internacional que no salen del terminal aéreo.

A diferencia de la TUUA tradicional por salida, la tasa de transferencia internacional no está incluida en el boleto aéreo, sino que se cobra de manera independiente. Su implementación responde a las diferencias surgidas entre Lima Airport Partners (LAP), aerolíneas como LATAM y el gremio IATA, en el marco de la Adenda 5 del contrato de concesión del aeropuerto, que permitió la creación de este nuevo cobro.

Con la nueva disposición propuesta por la SUNAT, los comprobantes de pago relacionados con este y otros conceptos aeroportuarios deberán emitirse también en formato electrónico, lo que fortalecerá el control tributario y mejorará la trazabilidad de los pagos realizados por los servicios prestados en los terminales aéreos del país.

La propuesta de la SUNAT. Foto: El Peruano

¿Qué funciones cumple la Sunat y por qué es importante?

La SUNAT tiene las siguientes funciones generales: Administrar los tributos internos del Gobierno Nacional, así como los conceptos tributarios y no tributarios cuya administración o recaudación se le encargue por Ley o Convenio Interinstitucional.

¿Qué impuestos se pagan mensualmente a la Sunat?

El Impuesto a la renta mensual, el cual tiene una tasa de 1.5% de los ingresos netos obtenidos en el mes o mediante el coeficiente, lo que resulte mayor.

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