
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia de Indecopi ratificó una sanción contra las empresas Yura S.A. y Racionalización Empresarial S.A. (Raciemsa), ambas propiedades del Grupo Gloria. Según el fallo, las firmas cometieron abuso de posición de dominio para boicotear a marcas competidoras en el mercado de cemento. Sin embargo, Yura no descarta judicializar la sanción.
El fallo de Indecopi, socializado el 11 de diciembre, castiga a ambas empresas con una multa solidaria de 11,128 UIT o S/ 59,538,652. Asimismo, aplica penalidades a 8 trabajadores (entre funcionarios y personal de ventas) que suman los S/ 936,000. Vale mencionar que la sanción de primera instancia ocurrió en 2023 e imponía una multa mayor.
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Indecopi identificó una serie de prácticas que Yura implementó entre octubre del 2014 y abril del 2019, ante la entrada al mercado de nuevos cementos de las firmas Bio Bio, Rocatech y Direpsur. En dicho periodo, Yura tuvo una posición de dominio del mercado que fluctuó entre el 96.12% y 99.99% en la zona sur, en las regiones Arequipa, Cusco, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna.
Indecopi analizó varios correos electrónicos entre personal de Yura y Raciemsa para detectar las faltas. Una línea común de las prácticas sancionadas, era condicionar a los distribuidores (ferreterías) para que no vendan productos de la competencia, caso contrario, no tendrían acceso al portafolio de productos de Yura. También se les ofrecía pintar sus locales o darle líneas de crédito, todo a cambio de no ofertar otros cementos.
"El cliente Avril se comprometió con no comprar cemento Wari y seguir trabajando con la marca Yura", indica uno de los correos internos analizados por Indecopi. La resolución precisa que personal de Yura visitaba los almacenes de los distribuidores para verificar la ausencia de competencia.
Según la resolución de Indecopi, esta práctica no solo llegó a las ferreterías, también a los transportistas encargados de llevar cemento a las tiendas. El fallo sostiene que se “castigaba” a los camioneros que cargaban otras marcas de cemento hacia las ferreterías, la sanción era que ya no podían cargar las marcas de Yura desde su planta en Arequipa. Aquí entra el rol de Raciemsa, empresa de Gloria dedicada al transporte, que subcontrataba a los vehículos particulares.
Con esta práctica el cemento de la competencia no llegaba a las ferreterías: sin camiones la mercancía se quedaba en las plantas. La comisión investigadora incluso halló que una de las cementeras afectadas tuvo que comprar sus propios vehículos de carga ante la falta de disponibilidad de camioneros contratistas.
Indecopi identifica que Yura habría "castigado" hasta 54 transportistas. Los correos electrónicos analizados señalan que personal de Yura hacía seguimiento a los choferes y sus unidades. "Estos son los camiones que han cargado rocas (referencia a una marca competidora)", indica un correo que incluso menciona las placas.
Otra comunicación, identificada en la resolución sancionadora como el correo 186, es más explícita. "Por favor, no programemos cal a Castifer porque este mes, a pesar de hablar con él, ha enviado tres de sus camiones a cargar cemento de la competencia en Matarani (distrito de la provincia de Islay en Arequipa)". La comunicación es de personal de Yura a sus pares de Raciemsa.
Por lo pronto, Yura S.A. analiza judicializar el caso. Así lo informó a la Superintendencia del Mercado de Valores el último 10 de diciembre. En la misiva, la cementera enfatiza su disconformidad con la sanción.
"Consideramos que la resolución no se ajusta a derecho, por lo que nos encontramos evaluando la interposición de una acción contenciosa administrativa", señala.
En posterior comunicado, Yura S.A. recordó que el fallo de la sala de Indecopi tuvo un voto en discordia. Dicha posición, del vocal José Abraham Tavera Colugna, sostiene que la conducta imputada a Yura S.A. no acredita que haya generado efectos negativos a la competencia.
En su argumentación, el vocal argumenta que no sería económicamente racional que Yura dejara de proveer cemento a las ferreterías, pues con ello dañaría su propia cobertura comercial y cedería espacio a la competencia. Considera que la cementera solo buscó retener a sus clientes con "condiciones contractuales estables".
En otro punto, el voto discordante añade que los correos electrónicos no son evidencia suficiente para acreditar "la afectación al proceso competitivo".
Yura, a través de un comunicado, mostró su disconformidad con la sanción. Foto: Cortesía

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