
Más de 2.500 millones de dólares en inversión privada serán destinados a obras de agua y saneamiento que beneficiarán a ocho regiones del país. La Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) indicó que los proyectos se planean adjudicar hasta mediados del 2026 y forman parte de su plan para impulsar el crecimiento regional.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de ProInversión, anunció que planea adjudicar ocho proyectos de agua y saneamiento por alrededor de 2.529 millones de dólares hasta julio del 2026. Estas obras, que se desarrollarán de la mano de empresas privadas, buscan ampliar el acceso al agua y saneamiento en ocho regiones del país, mejorando así, la cobertura y calidad del servicio.
Los proyectos elegidos se ubican en Madre de Dios, Cajamarca, Lima, San Martín, Moquegua, La Libertad, Junín y Cusco; y entre las obras más importantes se encuentran la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) Puerto Maldonado, que para los 10 primeros años contará con una inversión aproximada de 150 millones de dólares y beneficiará a más de 197.000 personas.
También destacan las Obras de Cabecera y Conducción para Lima (fase 1), con una concesión de 30 años y 696 millones de dólares de inversión, que beneficiará a más de 1.5 millones de habitantes. Así también, destacan la PTAR de Cajamarca, valorada en 115 millones de dólares, con impacto en alrededor de 365.000 ciudadanos; y las PTAR San José de Sisa y Tarapoto, que demandarán 215 millones de dólares y beneficiarán a más de 276.000 personas.
Según el Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1012, las Asociaciones Público-Privadas son “modalidades de participación de la inversión privada en las que se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, preferentemente privados, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública o proveer servicios públicos”. En ellas, participa el Estado mediante alguna de sus entidades públicas y uno o más inversionistas privados.
Las APP pueden ser autosostenibles, al financiarse principalmente con ingresos propios y requerir un apoyo mínimo o nulo del Estado; y también, cofinanciadas, al necesitar aportes o garantías de este para poder ejecutarse.
Acorde al Artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1012, los proyectos desarrollados bajo la modalidad de las APP deben regirse por principios de: valor por dinero, que busca ofrecer servicios de calidad al menor costo posible; transparencia, que garantiza el acceso público a la información; competencia, para promover eficiencia y evitar prácticas anticompetitivas; asignación adecuada de riesgos, que distribuye las responsabilidades entre el sector público y privado según sus capacidades; y responsabilidad presupuestal, que vela por la sostenibilidad de las finanzas del Estado.

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