
La llegada de un artista o agrupación musical a Perú representa una maravillosa noticia para sus fanáticos, quienes esperan conseguir una entrada y asistir al concierto. Sin embargo, estos eventos están expuestos a cancelaciones, lo que significa un duro golpe emocional y económico para los consumidores.
A raíz de ello, se publicó la Ley N° 32415, que regula el procedimiento de la venta y la devolución del costo de las entradas a conciertos. Así, se espera garantizar mejores condiciones para los fanáticos ante posibles eventualidades que afecten los eventos musicales, según Juan Ñahue, abogado especializado en derecho administrativo, en conversación con La República. Sin embargo, la norma también podría incurrir en gastos para las empresas productoras.
Juan Ñahue señaló que es probable que la ley que regula la venta y devolución de entradas a conciertos genere costos para las empresas, en la medida en que esta ley dispone ciertas obligaciones para los proveedores y deben agregar aspectos a las entradas de los eventos.
"Por parte de las empresas, siempre ante el tema de las regulaciones o normas que se publican, esto involucra un proceso de implementación", expresó el especialista, quien se refiere a datos como el RUC del organizador del concierto, el precio, los términos y condiciones del concierto, así como un medio para verificar que la entrada es auténtica.
El abogado destacó que la Ley N° 32415 ordena que la empresa productora debe realizar la devolución de la totalidad del valor de la entrada si el concierto se cancela, cualquiera que sea el motivo. "No puede cobrar comisiones ni ofrecer una devolución parcial", indicó el experto.
Por otro lado, si se presentan cambios que el consumidor no acepta, como un cambio de lugar, fecha o contenido del evento, se reconoce el derecho a que se le devuelva el 100% del valor pagado, sin penalidades ni trámites engorrosos, según el abogado. En este caso, la productora tiene 15 días hábiles para concretar el reembolso desde la presentación de la solicitud.
Ñahue subrayó que, pese a que la norma dispone de un marco legal específico para conciertos y es beneficiosa para los fanáticos, las autoridades deben seguir evaluando para identificar los cambios que necesita el sector de entretenimiento masivo. "Sobre la marcha, probablemente se pueden verificar aspectos de mejora", apuntó el experto.
Es probable que no todos los consumidores logren recuperar su dinero, pese a que solicitaran el reembolso debido a una programación no conveniente para ellos. Ante ello, la ley que regula la venta y devolución de entradas a conciertos determina que lo recaudado sea destinado a un fondo público, bajo la responsabilidad de Indecopi.
"Si después de 120 días calendario desde la fecha en que debió realizarse el concierto hay montos que no han sido reclamados, ese dinero debe ser entregado al Indecopi", explicó Ñahue. El dinero está previsto en el artículo 131.5 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, y se utilizará para campañas educativas, programas de información y acciones de defensa de los consumidores.
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