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Economía

Banderas, billetes y multas: el reglamento que cambia cómo usamos los símbolos del Perú

El Ministerio de Defensa de Perú ha consultado desde el 16 de julio el proyecto de Decreto Supremo que propone un nuevo reglamento sobre símbolos patrios y emblemas nacionales. La población tiene 15 días para opinar.

Los artículos 38 y 62 del reglamento obligan a rediseñar el dinero peruano
Los artículos 38 y 62 del reglamento obligan a rediseñar el dinero peruano. Foto: composición/Andina

Desde el 16 de julio, el Ministerio de Defensa ha puesto en consulta el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 32251, que unifica y armoniza la regulación de los símbolos de la patria, del Estado y los emblemas nacionales

La ciudadanía, así como entidades públicas y privadas, pueden presentar opiniones y sugerencias durante 15 días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

El reglamento y su exposición de motivos están disponibles en www.gob.pe/mindef.

Un costo millonario para el Estado y el privado

Los artículos 38 y 62 del reglamento obligan a rediseñar el dinero peruano: el escudo nacional debe ir al centro de las monedas y billetes, acompañado del lema “Firme y feliz por la unión” en la parte inferior y la frase “República del Perú” en la parte superior.

Este cambio afecta directamente al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Si bien la Ley y una sentencia del Tribunal Constitucional ya disponían este ajuste, el Congreso intentó revertirlo sin éxito.

En su opinión sobre el proyecto, el BCRP alertó que aumentar el tamaño de las monedas para incluir los nuevos elementos tendría un alto costo: se deberían adaptar todas las máquinas expendedoras, de recarga del Metropolitano, juegos infantiles, entre otros sistemas. 

Además, recordó que existen más de 5 mil millones de monedas en circulación, con una vida útil de 30 años, lo que generaría una coexistencia confusa entre modelos antiguos y nuevos.

Medios obligados a transmitir el himno

El artículo 47 establece que todos los medios de comunicación, incluidos los digitales, deben transmitir el himno nacional a las 8:00 a.m. y a las 6:00 p.m., de forma obligatoria. 

La medida podría colisionar con criterios de libertad editorial y plantea dudas sobre cómo se implementará en plataformas con servidores fuera del país o en redes sociales.

Restricciones políticas y comerciales

Varios artículos del reglamento establecen nuevas restricciones en el uso de los símbolos patrios:

Artículo 53. Uso de los símbolos del Estado Los símbolos del Estado constituyen expresiones oficiales de la representación institucional del Perú. Por su carácter oficial y su vínculo con la función pública, su uso está estrictamente limitado al ámbito estatal autorizado, bajo criterios de respeto, legalidad y finalidad institucional. Se prohíbe su uso en contextos privados, comerciales, partidarios o ajenos a la función pública.

Susana Saldaña, presidenta de la Asociación Empresarial Gamarra Perú, fue contundente en su crítica a la norma: “Qué enferma esta gente que no tiene idea de lo que es emprender, de lo que es la industria, de lo que cuesta trabajar en el Perú”.

Uno de los puntos más graves, según Saldaña, es que la norma facultaría a las municipalidades para incorporar estas prohibiciones en sus cuadros de infracciones y aplicar multas a quienes usen los símbolos patrios sin autorización.

“Quieren darles más herramientas a los municipios para seguir multando. Es una persecución absurda”, afirmó. “Nos tratan como si fuéramos delincuentes por promover el amor por el Perú”.

La norma llega en pleno pico de la campaña de Fiestas Patrias, que representa el 50% de la facturación anual del emporio Gamarra. De aplicarse, afectaría no solo a la venta de prendas con motivos patrios, sino a todo el circuito productivo detrás de ellas.

“¿Quieren desaparecer la campaña más fuerte del año? Esta norma puede hacer perder al Estado más de 500 millones de soles en impuestos solo en julio”, detalló la representante del emporio más grande del país. “Y lo peor: va a dejar sin trabajo a medio millón de peruanos que dependen directa o indirectamente de la industria textil en Gamarra”, denunció.

Para Saldaña, el Estado debería perseguir al contrabandista, al informal, al mafioso. No al empresario que paga impuestos y genera empleo. 

“¿A eso se dedican? ¿A ver si alguien puso un escudo en un polo? ¿En serio en eso se gastan nuestros impuestos?”, reclamó Saldaña.

Una crítica similar hizo Daniel Hermoza, director de Mypes Unidas del Perú, quien considera que la medida es “un despropósito” que desconoce la relación emocional y comercial que tienen las microempresas con los símbolos nacionales.

“Los símbolos patrios, para las Mypes, enardecen el sentimiento patriótico. Un polo con la bandera peruana, una escarapela, una publicidad… para nosotros es fundamental. Más aún si pretendemos posicionarnos como una marca país reconocida a nivel mundial”, declaró a La República.

Para Hermoza, la prohibición no solo afectaría las ventas, sino también profundizaría el desarraigo cultural en una población cada vez más desvinculada de sus símbolos.

“Limitar el uso comercial de los símbolos patrios va en contra de los objetivos de preservarlos. Porque lo que se usa, se valora. Si ya hay un desapego, esto solo lo va a acentuar”, afirmó.  “Yo fabrico ambientadores de autos y no podría hacer uno que diga ‘Feliz 28, compra en Gamarra’, porque esta norma lo prohibiría. ¿Entonces de qué estamos hablando? ¿De cuidar los símbolos o de eliminarlos de la vida cotidiana?”.

Hermoza recordó que, a diferencia de otros países como Estados Unidos, donde la bandera aparece incluso en trajes de baño, en Perú se pretende castigar su uso comercial, justo en una de las fechas más importantes del calendario económico.

“Ojalá que el Gobierno reflexione. Porque esta norma golpea dos veces: desconecta al peruano de sus símbolos y le quita ingresos a las Mypes que hoy sobreviven gracias a campañas como la de Fiestas Patrias”.

El proyecto de reglamento estará disponible para recibir comentarios hasta el 25 de julio, apenas días antes del aniversario patrio. Desde ya, gremios como Gamarra y Mypes Unidas del Perú han dejado clara su posición: usar los símbolos no es un delito, es parte de lo que significa ser peruano.

Bandera peruana obligatoria

Los artículos 77 y 81 establecen que ningún extranjero podrá izar su bandera si no hay una bandera peruana más grande al costado, norma que también aplica para hoteles, alojamientos y embajadas

La medida ha generado inquietud por posibles fricciones diplomáticas, cambios en los protocolos internacionales y, sobre todo, complicaciones en la operación diaria de diversos establecimientos.

Para Freddy Gamarra, gerente general de la Asociación Peruana de Hoteles, Restaurantes y Afines de Ahora Perú, el problema no es solo de fondo, sino también de forma. Y es que en los hoteles se acostumbra poner siempre las banderas de muchos de los huéspedes que están hospedados. 

“Si la norma obliga a que la bandera peruana sea más grande que todas las demás, eso genera un problema logístico y práctico”, advirtió en conversación con La República.

Gamarra explicó que esta práctica es usual en las fachadas, no dentro de eventos privados, donde ya existe un protocolo sobre el orden y el tamaño de las banderas. 

“La propuesta me parece poco relevante. Espero que el Ministerio de Defensa tenga preocupaciones más importantes que el tamaño de una bandera”, señaló.

El representante del gremio hotelero fue aún más crítico al comentar el impacto que esto podría tener en días conmemorativos de otros países. 

El Día de Francia, por ejemplo, los franceses tienen todo el derecho de izar su bandera en su casa o en su embajada, sin tener que poner la bandera peruana al costado, y menos aún más grande. 

“Imagínate si en otro país te exigieran eso por querer poner tu bandera el 28 de julio. Es absurdo”, concluyó Gamarra.

El reglamento: 100 artículos, 12 anexos y 4 apéndices

El proyecto consta de:

  • 1 título preliminar
  • 3 títulos
  • 14 capítulos
  • 100 artículos
  • 10 disposiciones complementarias finales
  • 12 anexos
  • 4 apéndices

Fue elaborado por un Comité Intersectorial (PCM, RREE, Defensa, Interior, Educación y Cultura) y aprobado por unanimidad en julio de 2025. 

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