Economía

¿Trabajarás desde casa en los feriados del 23, 28 y 29 de julio? Este es el pago adicional que te corresponde, según el Ministerio de Trabajo

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informa que trabajar los días feriados 23, 28 y 29 de julio otorga derecho a una bonificación si no se otorga un descanso sustitutorio.

En el caso de que no te paguen por los feriados laborados, puedes presentar una denuncia ante la Sunafil.
En el caso de que no te paguen por los feriados laborados, puedes presentar una denuncia ante la Sunafil. | Foto: composición LR / Andina.

De acuerdo al Decreto Legislativo N° 713 emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), informa que, si se trabaja en los días 23, 28 y 29 de julio y no se brinda un descanso adicional, el empleado tendrá el derecho de reclamar una bonificación por cada feriado que se laboró. Según esta normativa, si no se compensa con un día que lo sustituya se tendrá que pagar el equivalente a un día de trabajo adicional.

La normativa considera labores presenciales o remotas, en caso de que si uno de esos días cae en descanso, solo se accederá al pago doble, es decir, la remuneración del feriado y la remuneración por el día que no se labora. Estas pautas deben ser coordinadas previamente con el empleador.

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MTPE: ¿cuánto me van a pagar por trabajar el 23, 28 y 29 de julio?

En el caso de que se trabaje virtual o presencial el 23, 28 y 29 de julio, se dispone mediante la Ley de Descansos Remunerados que se brinde un triple pago, esto incluye el depósito ordinario por día no laborable, una sobretasa del 100% por el día trabajado y la remuneración de la actividad realizada por el feriado. 

Si el trabajador presta servicios previa coordinación y sin pactar un descanso sustitutorio, tiene derecho a recibir el monto previamente explicado. Si al día se gana, por ejemplo, S/ 50 el cálculo sería el siguiente: 

  • S/50 por feriado laborado (23, 28 y 29 de julio) = S/150.
  • S/50 como sobretasa del 100% por el feriado laborado (23, 28 y 29 de julio) = S/150. El total sería de S/300 más en la entrega del sueldo.

¿Qué pasa si no me pagan el bono por haber trabajado en feriados?

Si las empresas no cumplen con el pago de la bonificación por haber trabajado en feriados, el empleado puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Dependiendo de la gravedad de la falta y del tipo de empresa, pueden alcanzar una multa de más de S/100.000.

Si los afectados pertenecen a una microempresa, el centro sería sancionado hasta con S/2.407.50. Si es una pequeña empresa sería hasta S/24.075, pero si es una mediana o grande empresa, la multa iría hasta los S/139.742.

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