
Según la Ley 32322, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, los trabajadores en Perú pueden retirar hasta el 100% de sus fondos acumulados en sus cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Al respecto, según un video informativo de Jorge Carrillo Acosta, docente y experto en finanzas, el retiro de la CTS puede realizarse en una sola operación o en varias, según lo decida el trabajador.
Si bien en la normativa se establece que el retiro "se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650", Carrillo señala que esto correspondería a un error en la redacción del documento, pues los trabajadores con fondos en su CTS pueden disponer del dinero las veces que deseen, de acuerdo a las disposiciones legales precisadas en la Ley 32322 que permite el retiro de la CTS en Perú.
El docente y experto en finanzas, Jorge Carrillo Acosta, precisó, a través de un video informativo, que la disposición en la Ley 32322 que señala textualmente "se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650", no debe ser asumida de forma literal, puesto que la misma indicación se indicó en procesos similares previos.
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En ese sentido, según el experto en finanzas, los ciudadanos pueden retirar más de una vez el depósito acumulado en su cuenta CTS, debido a que la frase empleada en la Ley 32322, "única vez", responde a la posibilidad de hacer el retiro en este año y de forma extraordinaria durante todo el 2025 e, incluso, el año 2026.
Según la Ley 32322, los trabajadores formales en Perú pueden retirar el 100% de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en un único caso: cuando sean diagnosticados con una enfermedad terminal o cáncer. Este retiro puede realizarse en cualquier momento, siempre y cuando el trabajador presente la debida acreditación ante su empleador.
Es decir, en estos casos, el trabajador tiene derecho a disponer de la totalidad de su depósito de CTS y los intereses acumulados hasta la fecha en que se realiza la solicitud del retiro. "El cálculo se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita dicho retiro total", señala la Ley 32322, esto significa que el cálculo de los fondos a retirar se realizará considerando el saldo total acumulado en la cuenta CTS en ese momento, permitiendo así que el trabajador acceda a todos los recursos disponibles en su cuenta.
Si luego de la promulgación de la Ley 32322, quieres retirar tu CTS en 2025, debes tener en cuenta los siguientes pasos:
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