
Según la Ley 32322, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, los trabajadores en Perú pueden retirar hasta el 100% de sus fondos acumulados en sus cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Al respecto, según un video informativo de Jorge Carrillo Acosta, docente y experto en finanzas, el retiro de la CTS puede realizarse en una sola operación o en varias, según lo decida el trabajador.
Si bien en la normativa se establece que el retiro "se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650", Carrillo señala que esto correspondería a un error en la redacción del documento, pues los trabajadores con fondos en su CTS pueden disponer del dinero las veces que deseen, de acuerdo a las disposiciones legales precisadas en la Ley 32322 que permite el retiro de la CTS en Perú.
El docente y experto en finanzas, Jorge Carrillo Acosta, precisó, a través de un video informativo, que la disposición en la Ley 32322 que señala textualmente "se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650", no debe ser asumida de forma literal, puesto que la misma indicación se indicó en procesos similares previos.
En ese sentido, según el experto en finanzas, los ciudadanos pueden retirar más de una vez el depósito acumulado en su cuenta CTS, debido a que la frase empleada en la Ley 32322, "única vez", responde a la posibilidad de hacer el retiro en este año y de forma extraordinaria durante todo el 2025 e, incluso, el año 2026.
Según la Ley 32322, los trabajadores formales en Perú pueden retirar el 100% de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en un único caso: cuando sean diagnosticados con una enfermedad terminal o cáncer. Este retiro puede realizarse en cualquier momento, siempre y cuando el trabajador presente la debida acreditación ante su empleador.
Es decir, en estos casos, el trabajador tiene derecho a disponer de la totalidad de su depósito de CTS y los intereses acumulados hasta la fecha en que se realiza la solicitud del retiro. "El cálculo se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita dicho retiro total", señala la Ley 32322, esto significa que el cálculo de los fondos a retirar se realizará considerando el saldo total acumulado en la cuenta CTS en ese momento, permitiendo así que el trabajador acceda a todos los recursos disponibles en su cuenta.
Si luego de la promulgación de la Ley 32322, quieres retirar tu CTS en 2025, debes tener en cuenta los siguientes pasos:
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