
El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) continúa con su labor de titulación gratuita de terrenos en 2025, brindando seguridad jurídica a miles de ciudadanos. Para acceder a este beneficio, los posesionarios deben cumplir con ciertos criterios y presentar documentos que acrediten la ocupación legítima del predio. Este proceso busca garantizar la formalización de viviendas y la inscripción oficial de títulos de propiedad en el Registro de Predios.
La normativa vigente establece que los terrenos ocupados de manera continua y pacífica pueden ser regularizados siempre que se cumplan con los requisitos estipulados por Cofopri. Entre ellos, se considera el tiempo mínimo de posesión, la inexistencia de otra propiedad a nombre del solicitante y la documentación que respalde la permanencia en el lote. A continuación, se detallan los requisitos fundamentales para obtener la titulación gratuita en 2025.
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De acuerdo con el artículo 37° del Reglamento de Formalización de la Propiedad Informal, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 013-99-MTC, los solicitantes deben cumplir con ciertos criterios básicos para acceder a la titulación gratuita. Entre ellos se incluyen la posesión directa, continua, pacífica y pública del terreno por un período mínimo de un año y la ausencia de otra propiedad registrada a su nombre en el país.
Además, conforme a lo establecido en el artículo 36° de la Directiva N.º 010-2009-COFOPRI, es posible acreditar la posesión del lote mediante constancias o certificados emitidos por las municipalidades provinciales o distritales. La documentación que presenten los solicitantes debe demostrar la ocupación efectiva del terreno y, en caso de transferencia de posesión, incluir documentos que validen el historial posesorio del lote.
Para acceder al proceso de formalización, es fundamental presentar pruebas documentales que acrediten la ocupación del predio. Estas pueden incluir recibos de servicios, constancias municipales, contratos de compra-venta informales u otros documentos que respalden el tiempo de permanencia en el terreno.
En situaciones donde la documentación sea insuficiente, Cofopri establece mecanismos para que los poseedores puedan regularizar su situación mediante el levantamiento de contingencias. En caso de ausencia reiterada de documentación, la propiedad puede ser transferida a las municipalidades provinciales para continuar con su proceso de formalización individual.
Según lo establecido en la Ley N.º 31056 y el Decreto Supremo N.º 002-2021-VIVIENDA, los predios adjudicados mediante Cofopri no pueden ser vendidos ni transferidos durante los primeros cinco años tras su inscripción en el Registro de Predios. Esta restricción busca evitar la especulación inmobiliaria y garantizar que los beneficiarios utilicen la propiedad para fines de vivienda.
El incumplimiento de esta disposición puede conllevar la exclusión del beneficiario del proceso de formalización, e incluso la reversión del título de propiedad. Por ello, es importante que los nuevos propietarios respeten los plazos establecidos antes de disponer del bien inmueble.

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