La Ley de Modernización del Sistema Previsional ha sido promulgada por el Gobierno peruano, introduciendo novedades como la pensión por consumo y estableciendo un aumento de la pensión mínima para los jubilados a S/600. Según sus promotores, esta reforma pretende fortalecer la protección social para millones de peruanos, especialmente los que se encuentran en la etapa de retiro.
A través de cambios estructurales en la gestión de los fondos previsionales, la ley también establece una afiliación obligatoria para mayores de 18 años.
En cuanto a la pensión por consumo, este mecanismo se basa en la idea de que un porcentaje del gasto que realizan los ciudadanos en sus compras cotidianas será destinado a su fondo de jubilación. Sin embargo, este cambio ha generado diversas opiniones debido a las posibles implicancias fiscales que podría tener en la economía peruana.
Según la normativa, el incremento del monto de las pensiones, señaladas en la presente disposición, rige a partir del mes de enero de 2025, y los reintegros son abonados en el mes de febrero de 2025.
Este nuevo monto, que será financiado tanto por las aportaciones obligatorias de los trabajadores dependientes como independientes, tiene como objetivo mejorar el bienestar económico de los jubilados. Los jubilados de la ONP, del Decreto Ley 19990 que, hasta ahora, recibían una pensión de S/500 para cubrir sus necesidades básicas, tendrán un aumento de 100 soles.
La reforma también introduce la afiliación obligatoria al sistema previsional para mayores de 18 años. Esto significa que, a partir de este momento, cualquier ciudadano que alcance la mayoría de edad deberá comenzar a contribuir al fondo de pensiones, lo que provocará un incremento en la base de contribuyentes del sistema.
La pensión por consumo, incluida en la reciente reforma previsional, se implementará con financiamiento inicial del tesoro público, según lo establecido por la ley. Este nuevo mecanismo de ahorro complementario permite que el 1% del valor de las compras realizadas con boleta de venta electrónica sea destinado automáticamente al fondo de pensiones del consumidor. Sin embargo, para evitar una carga inmediata en los consumidores y garantizar su puesta en marcha, el gobierno ha decidido que los primeros años del sistema estarán respaldados por recursos del tesoro público.
Este aporte complementario tiene un límite mensual de 8 UIT (S/41.200), lo que implica que el monto máximo que una persona puede acumular mediante este sistema es de S/412 por mes.
La prohibición de futuros retiros extraordinarios de los fondos acumulados en las AFP ya es una realidad. Esta medida, según la norma, busca garantizar la sostenibilidad del sistema, evita que los afiliados puedan retirar el 95,5% de sus fondos de pensiones, práctica que había sido permitida en varias ocasiones por el Congreso de la República durante los últimos años.
Además, la reforma establece que los trabajadores menores de 40 años ya no tendrán la opción de acceder a este tipo de retiros. En su lugar, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán elegir entre dos modalidades para recibir su pensión: pensión vitalicia o pensión programada, pero sin posibilidad de retirar la totalidad de sus fondos.
La jubilación anticipada en el Sistema Nacional de Pensiones (ONP) permitía a los afiliados retirarse antes de los 65 años, solicitándola desde los 50 años, siempre que cumplieran con los requisitos establecidos. Sin embargo, tras la nueva reforma, la edad mínima para acceder a esta modalidad ha aumentado a 55 años. Este cambio se aplica tanto para la jubilación anticipada ordinaria como para la jubilación anticipada por desempleo, aunque se mantienen los demás requisitos previos.