Nueva reforma de pensiones del fujimorismo fue promulgada: revisa sus principales cambios
Ley Nº 32123 fue aprobada de forma irregular en el Congreso, con tan solo 38 votos. Reforma fujimorista establece una pensión por consumo, eleva la edad de jubilación anticipada, elimina los retiros de AFP, entre otros aspectos.
Pese a las alertas del Consejo Fiscal, el gobierno de Dina Boluarte decidió promulgar la reforma de pensiones en el diario oficial El Peruano. Esta ley gestada por Fuerza Popular en la Comisión de Economía del Congreso, incluye una pensión por consumo, restringe los retiros de fondos para los trabajadores menores de 40 años, abre la puerta a nuevos competidores y aumenta la edad para acceder a la jubilación anticipada, entre otros cambios.
Sus defensores aseguran que la cobertura de pensiones aumentaría con esta ley y que no representa un gran costo fiscal. Sin embargo, sus detractores consideran que esta reforma representa un salvataje a las AFP, podría afectar el desarrollo de las finanzas públicas y no atiende a la población más vulnerable.
Nueva reforma de pensiones: ¿cuáles son los cambios?
La denominada "reforma del sistema de pensiones" ya es una realidad. El Poder Ejecutivo decidió no observarla luego de transcurridos los 15 días hábiles para emitir un pronunciamiento al respecto. De esta manera, la norma impulsada por el fujimorismo fue publicada en El Peruano y deberá ser reglamentada, en un plazo no mayor a 180 días hábiles, por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Esto quiere decir que su aplicación se iniciará a mediados del 2025.
Recordemos que el pasado jueves 6 de junio, el Pleno decidió aprobar por una irrisoria mayoría el dictamen de la ley de modernización del sistema previsional. En total, fueron 38 votos a favor, 10 en contra y 16 abstenciones, los que convalidaron por segunda vez esta norma que busca ampliar la cobertura del sistema pensionario y que podría trasladar alrededor de S/1.830 millones de recursos hacia las AFP.
Ante la irregularidades observadas en la segunda votación que ratificó la reforma del sistema de pensiones, dos legisladores solicitaron la anulación de este proceso y que se discuta nuevamente esta propuesta en la Comisión de Economía. No obstante, el Pleno del jueves 22 de agosto no logró obtener el respaldo de la mayoría simple de los parlamentarios habilitados para aprobar la reconsideración presentada por Germán Tacuri.
Una vez promulgada, la nueva Ley Nº 32123, que modifica el sistema AFP y ONP, presenta los siguientes cambios que listamos a continuación:
- Pensión mínima de S/600 mensuales: para aquellos afiliados que realicen al menos 240 aportes a las AFP y que no efectúen retiros de fondos a partir de la entrada en vigor de la ley. Si una persona cotiza durante 10 años, pero menos de 15, tiene derecho a recibir una pensión de S/300. En cambio, si aporta durante 15 años, pero menos de 20, la pensión asciende a S/400.
- Pensión por consumo: se destina el 1% del consumo con boleta de venta electrónica como fuente de ahorro complementario para la jubilación. El consumo máximo mensual permitido es de 8 UIT (S/41.200), lo que implica que el aporte máximo será de S/412 por mes.
- Afiliación automática a la ONP: al cumplir 18 años, un ciudadano debe elegir entre una AFP y la ONP. De no manifestar su voluntad, será afiliado automáticamente a la ONP.
- Mayor competencia: Además de las AFP, se contempla que puedan administrar los fondos de pensiones otras entidades financieras como compañías de seguros, bancos, financieras, cajas o aseguradoras.
- Según el numeral 3 del artículo 29, las personas mayores de 18 años que no estén afiliadas al sistema cuando entre en vigencia la ley, deben afiliarse al SNP o SPP. "De no manifestar su voluntad, son afiliados al SPP".
- Se elimina el retiro del 95,5% de su AFP para los trabajadores menores de 40 años. Los afiliados al SPP solo podrán elegir entre una pensión vitalicia o una pensión programada, sin opción de retirar casi la totalidad de sus fondos.
- Se eleva la edad para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada de 50 a 55 años.
- Se prohíben los retiros extraordinarios de fondos privados de pensiones, como los que suele aprobar el Congreso.
- A los trabajadores independientes que perciban ingresos con rentas de cuarta o quinta categoría, se les aplicará una tasa de aporte obligatorio, que se irá incrementando "de forma gradual a partir del 1 de enero del tercer año posterior a la entrada en vigor de la presente ley, aplicándose durante dicho año una tasa de 2%, hasta llegar a un máximo de 5% en el 2033".
Rechazan nueva reforma de pensiones del fujimorismo
Frente a la promulgación de la ley de reforma previsional, diversos congresistas expresaron su respaldo y otros su oposición. Uno de ellos fue el parlamentario Jaime Quito, de la Bancada Socialista, quien consideró que esta norma "atenta contra el sistema nacional de pensiones, representa un salvataje a las AFP y un nuevo negocio de los bancos a costa del pueblo".
Para Quito, la pensión por consumo del 1% de las boletas electrónicas es irrisoria y constituye una "estafa que solo servirá para evadir impuestos a los más ricos del país". En esa línea, la legisladora Sigrid Bazán manifestó que esta norma "secuestra los fondos de los afiliados, impidiendo el retiro del 95,5% y privatizando las pensiones de todos los peruanos".
"El gobierno de Dina Boluarte terminó cediendo a los intereses de las AFP y de esa clase política que hoy la mantiene en el cargo. Promulgó una ley que, en resumen, le da la espalda a la ciudadanía y que permite que las AFP se sigan enriqueciendo a costa de los trabajadores", escribió en su cuenta de twitter.
Finalmente, la parlamentaria de Fuerza Popular, Rosangella Barbarán, saludó la promulgación de la reforma previsional e indicó que este dispositivo se encamina a garantizar una jubilación digna y justa para los peruanos. "¡Lo logramos! La reforma del sistema de pensiones ya es una realidad. Ahora, las AFps tendrán competencia. ¡Podrás elegir quien te da la mejor rentabilidad!", sentenció.