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Economía

Retiro CTS 2024: ¿puedo acceder a este beneficio si ya no tengo trabajo?

A partir de hoy lunes 27 de mayo, alrededor de 6 millones de personas podrán acceder al retiro del 100% de su CTS. Descubre cuáles son tus alternativas si dejaste de trabajar en planilla.

Medida fue aprobado con 98 votos a favor en el Pleno del Congreso. Foto: composción LR / Andina

El último domingo 26 de mayo el Gobierno encabezado por Dina Boluarte publicó el reglamento que autoriza la libre disposición del 100% de la CTS para todos los trabajadores formales en el territorio peruano. Mediante el Decreto Supremo 003-2024-TR se hizo oficial esta norma que faculta el retiro de este monto hasta el 31 de diciembre del 2024.

Aunque la ley tiene por objetivo beneficiar a más de 6 millones de peruanos, existen dudas en torno a este derecho laboral, una de ellas con respecto a si las personas que por diversos motivos dejaron de laborar en planilla tendrán la posibilidad de acceder a este beneficio económico. Duda que a continuación, absolveremos.

¿Puedo retirar mi CTS si no tengo trabajo?

Cuando concluyas tu relación laboral con la empresa en la que te venías desempeñando, el departamento de recursos humanos te entregará una notificación de cese de labores que autoriza el retiro total de tu Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Con esta carta y tu DNI en mano, podrás dirigirte a una entidad bancaria y solicitar el retiro de tu dinero de manera sencilla y sin contratiempos.

¿Cómo saber si tengo CTS si me quedé sin trabajo?

Si ya no trabajas en una empresa y deseas saber si aún tienes CTS, hay varias maneras de obtener esta información. Aquí te explicamos cómo:

  1. Consulta en la entidad financiera: Acércate a la entidad financiera donde tu empresa depositaba tu CTS. Puedes solicitar información directamente en la ventanilla o utilizar las bancas online para obtener detalles sobre tu saldo.
  2. Recurre al área financiera de la empresa: Otra opción es contactar directamente al área financiera de la empresa donde laboraste. Pregunta si existe algún saldo pendiente en tu cuenta de CTS.

¿Quiénes pueden acceder al retiro de la CTS este 2024?

Todos los trabajadores que se encuentren sujetos al régimen laboral de la actividad privada y que cumplan, en promedio, con una jornada mínima de cuatro horas diarias recibirán el próximo pago de la CTS. Asimismo, otros de los beneficiarios directos son quienes laboran en el régimen agrario que no cobren este beneficio económico con su remuneración, así como las trabajadoras del hogar.

¿Quiénes no reciben CTS?

De acuerdo con la normativa vigente, no tienen derecho a recibir el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios:

  • Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias
  • Los trabajadores que perciben remuneración anual integral
  • Los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público
  • Los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS conjuntamente con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri)
  • Los trabajadores de las microempresas contratados después de su inscripción de la empresa en el Remype.

¿En qué consiste la CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral en Perú que tiene como objetivo brindar protección económica a los trabajadores en caso de cese laboral. Equivale a aproximadamente un sueldo por año trabajado y se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre, en una cuenta bancaria a nombre del trabajador. Esta compensación ayuda a asegurar que los empleados tengan un respaldo financiero durante períodos de desempleo.