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Economía

Renzo Díaz González: “TC inaplica intereses tributarios con un fallo que perjudica a todos los peruanos”

El procurador de la Sunat se pronunció a razón del fallo del Tribunal Constitucional en torno al cobro de intereses moratorios a empresas deudoras. “Esto podría generar que todos digan: ‘¿Por qué voy a pagar ahora si igual no me da interés?. Mejor pago en cinco años’. Me sale más beneficioso endeudarme con el Estado”, señaló.

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Postura firme. Renzo Díaz, procurador de la Sunat, advierte que este reciente fallo del Tribunal Constitucional está incentivando la litigiosidad. Foto: Félix Contreras/La República

El procurador de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Renzo Díaz, advierte que el fallo del Tribunal Constitucional (TC), restrictivo al cobro de intereses moratorios a empresas deudoras con el Estado peruano, representa un duro golpe para la recaudación responsable del recorte de brechas, y no descarta que algunas, incluso, pidan una devolución de lo ya saldado.

— ¿Cómo reciben este fallo?

— Para Sunat, es preocupante. En primer lugar, porque ha prohibido el cobro de intereses generados cuando hay exceso en resolver. ¿Eso qué genera? En principio, perjuicio a los ingresos del Estado, al cumplimiento de sus fines. En segundo lugar, desigualdad, porque crea un ambiente en el cual el contribuyente común ve esta sentencia,  la escucha y dice: “Cuando hay demora, no habrá pago de intereses”. Entonces, yo, que soy el contribuyente que cumple sus obligaciones, lo que haré es impugnar, transcurrir todas las instancias y llegar al Poder Judicial (PJ), donde habrá oportunidad de que se extingan intereses. 

— ¿Por qué lo harían?

— Porque la demora del Poder Judicial es la novedad incorporada por el TC. Y el otro efecto que genera, y que causa la preocupación de la Sunat, es que incentiva la litigiosidad. El contribuyente ve en el litigio la forma de apalancar, generar recursos para sí, pero no fluyen los recursos para el Estado. Porque no todos están compitiendo con los mismos elementos. La desigualdad se genera en la medida en que uno tiene los medios (para alargar un juicio), pero el otro, no. Uno tiene oportunidades, el otro no.

— Siempre se dice que la empresa se afecta con los retrasos.

— A nivel administrativo, Sunat no se demora. Es eficiente en resolver dentro de los plazos. Esa vocación soluciona ese problema que venía del pasado. El Tribunal Fiscal tiene también su especialidad, mecanismos y políticas de corrección. La demora del PJ sí es una problemática que envuelve no solo casos tributarios, sino a todos. Y es algo que le compete establecer.

— ¿No había ya sanción?

— Desde 2007, había un castigo por los retrasos, el IPC. Si la Sunat incumplía plazos, solamente se aplicaba el IPC para esa deuda. Ya no se cobraban intereses. A partir de 2014, también había algo parecido para el Tribunal Fiscal. Por eso Sunat, que tenía nueve meses en sus plazos, solo llegaba hasta los seis  o siete, y de ahí corría traslado al contribuyente. Y si él no estaba de acuerdo, pasaba al Tribunal Fiscal. Y de ahí seguía corriendo.

— Entonces, no se requería un precedente para la materia.

— Algunos juristas dicen que se aplica intereses porque se demoró el proceso. No es eso, es a la deuda. Desde un momento que un contribuyente entra a un proceso significa que es deudor. No es que cumplió y se le está cobrando de más, se le ha encontrado una serie de inconsistencias y, por eso, tiene que pagar lo que debe. No existe la categoría de ‘intereses por demora’. Los intereses son unos solos, suponen incumplimiento de pago. Entonces, por impugnar no se generan intereses.

— ¿Qué han solicitado al TC?

— Lo que ha hecho la Sunat es tocar la puerta del TC y decirle que la resolución que ha emitido, en la parte que establece un precedente vinculante, tiene vicios que afectan los derechos de la administración. Pero no solo derechos como recaudadora, sino como institución que representa a todos. Porque lo que recauda Sunat son los tributos que después van a beneficiar a todos. Entonces, si se inaplican intereses que forman parte de la deuda tributaria, los perjudicados somos los peruanos.

— Todo a raíz del caso Maxco.

— El TC se sirve del caso Maxco para emitir un precedente que no va a ayudar a resolverlo. He ahí la incongruencia. Se emite un dispositivo que aplica para todos, pero no a Maxco. No asume jurisdicción, porque rechaza conocer el recurso de agravio de la empresa, lo declara improcedente. Sin embargo, toma decisiones que tienen contenido de fondo para los otros.

— ¿Existe hoy la posibilidad de que empresas con deudas millonarias, pagadas o por pagar, pidan una devolución?

— Son muy abiertas las posibilidades. Los comportamientos de los contribuyentes y las lecturas de esta sentencia pueden ser diferentes. Pero, frente a todas estas situaciones, la administración tendrá una única posición: respetar la sentencia hasta que siga vigente.

— Todo a raíz de esos ‘vicios’.

— Si uno lee el fallo, pudiera resultar lógico si lo miras años atrás, cuando no existían reglas. Entonces, podías decir: “Oye, acá te están cobrando por el exceso de demora”. Pero acá ya no había ese cobro adicional, porque ya estaba castigado. Ya la propia ley había dicho: “Cobra con base en la inflación, que es el IPC”. Entonces, si ya tenías la regla vigente, ¿cuál era la necesidad de sacar precedente?

— Se rompe un principio universal de tributación.

— Y, además, nuestra tasa de interés sobre la deuda es la más baja con relación a todas las instituciones similares a la Sunat del mundo. Es la más baja que existe. Incluso más baja que la tasa que tiene hoy los bancos. Ni siquiera es una tasa agresiva. En otros países lo que hacen es ponerte una tasa muy alta, justamente, para evitar esta etapa —la evasión—, y llegues a la inconsistencia, que te encuentren que debes, que no has declarado lo que debes declarar. Acá no. Acá la tasa es razonable. Si tú, por algún motivo, discutes con el banco por el monto de tu deuda, en ningún momento se suspenden los intereses.

— ¿No es inconsistente?

— Esto podría generar que todos digan: “¿Por qué voy a pagar ahora si igual no me da interés. No me interesa, mejor pago en cinco años y ya está”. Me apalanco con el Estado y ya no con los bancos. Más ahora que, por ejemplo, los créditos son mucho más caros. Entonces, me sale más beneficioso endeudarme con el Estado. Claro, más fácil es deberle al Estado que al banco.