Las empresas tienen hasta el próximo 15 de noviembre para realizar el depósito de la compensación por tiempo de servicio (CTS) correspondiente al semestre mayo-octubre a sus trabajadores que se encuentran en planilla.
Además, los empleados pueden disponer del 100% de este fondo hasta el 31 de diciembre del 2023, tal como lo establece la ley n.° 31480 promulgada en mayo de este año. Esto, con el objetivo de atenuar los efectos derivados de la crisis económica por la COVID-19.
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El depósitos a la cuenta CTS equivale a 1,17 remuneraciones mensuales por cada año de servicios (9,72% de la remuneración mensual). Esta se paga en dos partes la primera en mayo y la última en noviembre, explica el abogado laboralista Eric Castro.
El especialista también indica que este monto está exento de contribuciones o impuestos. Asimismo, agrega que la CTS dependerá de la remuneración computable y del tiempo de servicio.
En tanto, Mauricio Matos, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú, detalla que la CTS a depositar en noviembre equivale al 50% de la remuneración percibida por el trabajador al 30 de octubre, más 1/6 de la gratificación del periodo correspondiente.
“Para la CTS de noviembre, por ejemplo, debe incluirse 1/6 de la gratificación de julio de 2022. Esto debido a que se trata de una remuneración de periodicidad semestral”, comenta.
El depósito se efectúa en una entidad bancaria elegida por el trabajador en una cuenta a su nombre. Los empleadores tienen hasta el 15 de noviembre para depositar la parte correspondiente al semestres mayo a octubre.
En caso el empleado incumpla con depositar la CTS en el plazo establecido, una alternativa es presentar una denuncia ante Sunafil, señala Castro. “Recomendamos siempre optar por la previa conversación con el empleador para buscar el pago inmediato”, sugiere.