El Poder Ejecutivo promulgó este 25 de mayo la ley que autoriza la disposición del 100% de la compensación por tiempo de servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2023.
Ello se dispuso con la finalidad de que los trabajadores puedan tener recursos para cubrir sus necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19, y ante el alza de precios de la canasta básica.
Con la ley ya publicada en el diario oficial El Peruano, el Gobierno tiene ahora 10 días calendario para emitir el reglamento que permita hacer efectivo el cumplimiento de la ley.
Jorge Carrillo Acosta, profesor de la Pacífico Business School, señaló que, a más tardar, a partir del lunes 6 de junio, los trabajadores ya podrían disponer de la totalidad de sus ahorros CTS a través de la entidad financiera en la que reciben este pago.
El también experto en finanzas precisó que, si bien la norma autoriza a retirar los fondos de las cuentas CTS “por única vez”, ello no significa que solo pueda realizarse un retiro, ya que estos estarán permitidos hasta el 31 de diciembre, por lo que podrán disponer de su dinero las veces que lo requieran.
El trabajador en planilla podrá retirar la totalidad o solo una parte de su CTS.
“Los trabajadores podrán retirar total o parcialmente su dinero en la CTS desde el 6 de junio hasta el 31 de diciembre del 2023, tendiendo un rango de casi 19 meses para hacer uso de dichos fondos”, explicó.
La CTS es un beneficio laboral que busca proteger al trabajador en caso de un despido. Foto: Andina
Arturo García, profesor de Finanzas de ESAN Graduate School of Business, indicó que en total serían más de 4 millones 700.000 los trabajadores formales que podrán contar con sus recursos de la CTS desde el 6 de junio de este año.
Asimismo, el catedrático mencionó que actualmente hay alrededor de S/ 13.300 millones en cuentas CTS en las diversas entidades del sistema financiero, por lo que dicho monto será el que estará disponible.
“A marzo de este año, había S/ 11.000 millones en cuentas CTS en el sistema financiero y se estimaba que el depósito que han hecho en mayo a las entidades es de S/ 2.300 millones, entonces, los montos posibles sujetos de retiro podrían ser casi S/ 13.300 millones”, apuntó García a La República.
El Ejecutivo promulgó la ley que autoriza el retiro de la CTS. Esta fue publicada el diario El Peruano. Foto: difusión.
Si bien cualquier trabajador está facultado para poder disponer de su CTS del sistema financiero, Arturo García sugiere que los retiros se realicen siempre con responsabilidad, ya que la compensación por tiempo de servicios (CTS) sirve como un seguro de desempleo, por lo que dicho dinero tiene la intención de cubrir las necesidades de la persona cuando esta se encuentre sin empleo.
“Solo debería retirarlo quien realmente tiene emergencias y no las puede cubrir con sus ingresos, mas no para gasto en consumo corriente”, recomendó el experto.
Respecto a la posibilidad de destinar este dinero para el pago de deudas, García señaló que no es recomendable, ya que estos tendrían que ser asumidos con parte de la remuneración del trabajador.
En tal sentido, sugirió que antes de realizar el retiro de su ahorro de la CTS, el trabajador debería analizarlo y no apresurarse en disponer del dinero, ya que todavía podrá hacerlo hasta fines del próximo año.
El retiro del 100% del CTS será efectivo hasta el 31 de diciembre de 2023, según disposición emitida en el Diario Oficial El Peruano. Foto: Andina
Arturo García, profesor de Finanzas de ESAN Graduate School of Business, indicó que las tasas de interés anual para CTS llegan hasta el 7% en algunas entidades del sistema financiero, por encima de lo que se paga por los depósitos a plazo fijo.
En esa línea, el docente precisó que las tasas de interés para este producto financiero podrían seguir elevándose debido a los incrementos de la tasa de referencia que ha venido realizando en los últimos meses el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).
Infografía - La República
Infografía - La República