¿Es mejor ser despedido del trabajo o renunciar? Estos son los beneficios laborales
¿Alguna de estas opciones da más garantías? Te explicamos las diferencias entre renunciar o ser despedido y lo que la ley establece para cada uno de estos casos.
Uno de los momentos difíciles que puede afrontar cualquier trabajador es cuando renuncia o es despedido por la empresa en la que labora.
Ya sea un mal ambiente de trabajo, mejor oferta laboral, motivos personales o diferencias con los compañeros de oficina, la renuncia es, por lo general, la vía por la que el trabajador opta para irse de su centro de labores.
En el caso del despido, esto suele darse de manera unilateral por parte del empleador y sin previo aviso. O también es probable que esto sea originado por el propio trabajador para obtener beneficios.
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El abogado laborista, Raúl Guillermo Saco Barrios, señaló que no hay respuesta exacta sobre si a una persona le conviene renunciar o ser despedido.
“Depende de cada circunstancia. Un trabajador puede tener deseos de renunciar porque tiene una mejor propuesta de trabajo. Si va a esperar que lo despidan, probablemente pierda lo otro. Él necesita una terminación inmediata de donde está para ir a la nueva colocación laboral”.
¿Qué beneficios recibe un trabajador ante el despido o renuncia?
El letrado explicó que los beneficios sociales que recibirá un trabajador son los mismos en caso de renuncia o despido.
“Los beneficios sociales son los mismos al margen de cuál sea el motivo de la terminación de contrato, ya sea renuncia o despido. [Entre ellos está] la compensación por tiempo de servicios (CTS), el cual es depositado semestralmente”, expresó.
“El empleador tendría que darle al empleado una certificación de cese para que pueda retirar el importe que existe en la cuenta CTS del banco”, acotó Saco Barrios.
El empleado también recibirá un pago conocido como tiempo de servicios devengado, el cual corresponde desde el último depósito de la CTS hasta el día del cese de labores.
Otro beneficio que se deben entregar son los relacionados a las vacaciones no usadas, y la remuneración por vacaciones truncas. “Si el trabajador tuviese vacaciones pendientes que no usó en su oportunidad, tendrá una indemnización por falta de descanso oportuno vacacional equivalente a la remuneración ordinaria al momento del cese”, acotó el letrado.
Luego, están las gratificaciones, las cuales, según Raúl Guillermo Saco Barrios, se calculan por sextos (cada seis meses y por mes completo). “Al día de hoy, jueves 12 de mayo, tendría por mes calendario completo, hasta abril. Como está corriendo mayo, no es completo, así que el empleado tendría cuatro sextos”, agregó.
Los últimos beneficios para el empleado serían remuneraciones pendientes, como por ejemplo utilidades o días extras de trabajo.
¿Existen casos que un trabajador sea despedido y no reciba beneficios?
El abogado laborista también explicó que un trabajador no pierde los beneficios sociales en caso sea despedido por una falta grave.
“Cuando existe un despido arbitrario, el trabajador tiene, adicionalmente a la liquidación ordinaria, el importe equivalente a una indemnización. Si fuera despedido por causa justa y real, relacionado por ejemplo a la capacidad o la conducta, no va tener ningún tipo de indemnización, pero mantiene los beneficios”, precisó Saco Barrios.
“Imagina que un cajero sacó dinero de la caja. Este señor vino robando sistemáticamente 30.000 soles, y tiene una liquidación de 35.000. El empleador puede retener el pago de los beneficios de manera válida, siempre y cuando, dentro de los 30 días siguientes al cese, el empleador formula una demanda por daños y perjuicios causados”, detalló.
Cabe señalar que si el contratante retiene los pagos debidos, y no realizó alguna acusación contra el trabajador, debe otorgarle lo que le corresponde más intereses.
¿Con cuánto tiempo de anticipación se presenta una renuncia?
La ley menciona que un trabajador tiene que hacer un preaviso de su renuncia, al jefe o la empresa que lo contrató, con un plazo previo de 30 días.
“Esto es así en respeto al principio llamado de la buena fe del derecho de trabajo. El trabajador no puede súbitamente cortar sus labores. No obstante, se le puede pedir al empleador la exoneración del preaviso legal de 30 días, y este puede aceptarlo en todo o en parte”, declaró Raúl Guillermo Saco Barrios.
Finalmente, el letrado precisó que esta exoneración siempre debe hacerse por escrito, y que el empleador debe dar una respuesta a esta petición dentro de tres días.
“Si este no responde la solicitud de exoneración por parte del trabajador, dentro del plazo establecido, la ley entiende que el pedido ha sido aceptado. Es uno de los casos en los cuales el derecho le atribuye al silencio el carácter de declaración de voluntad”, aclaró Saco Barrios.