Sociedad

Subgerente de ONPE revela quiénes no pueden ser elegidos miembros de mesa y las causales para exonerarse de esta labor

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició el proceso de tachas y excusas para los miembros de mesa designados en las Elecciones Generales 2026.

Trabajadores de los organismos del sistema electoral y miembros de las fuerzas del orden no pueden ser miembros de mesa.
Trabajadores de los organismos del sistema electoral y miembros de las fuerzas del orden no pueden ser miembros de mesa. | Foto: Difusión.

Tras el sorteo de miembros de mesa, que se realizó el pasado 29 de enero, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) puso en marcha el proceso de tachas y excusas, siguiendo el cronograma de las Elecciones Generales 2026. En este contexto, el subgerente de Documentación e Investigación Electoral de la ONPE, Pablo Hartill, explicó para Exitosa qué impedimentos legales y causales permiten a ciertos ciudadanos no asumir esta función obligatoria el día de los comicios.

Entre las personas que están prohibidas de cumplir el rol de miembros de mesa figuran trabajadores de los organismos del sistema electoral —como la ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Reniec—, miembros en actividad de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público u autoridades políticas, así como personas que tengan vínculos de parentesco directo con algún candidato, como cónyuges o parejas.

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Asimismo, el funcionario señaló que, luego de finalizar el proceso de tachas, la ONPE publicará en febrero la lista definitiva de miembros de mesa habilitados para la jornada electoral.

Causales para exonerarse y justificarse de ser miembro de mesa

Además de las tachas, la ONPE contempla un sistema de excusas y justificaciones para aquellos ciudadanos que, aun siendo sorteados, no puedan cumplir con esta función por motivos válidos. Según la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859), pueden justificar su presencia las siguientes personas:

  • Paciente de notorio o grave impedimento físico o mental.
  • Necesidad de ausentarse del territorio de la República.
  • Encontrarse en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños hasta los dos años de edad cumplidos a la fecha de la elección.
  • Mayor de 65 años.
  • Presentar alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo 57 de la Ley 26859, referidas a impedimentos para ser miembro de las mesas de sufragio.

“Podría ser una madre gestante que ha sido sorteada y quiere excusarse de la labor de ser miembro de mesa; también hay ciertas causales que se aplican, como ser bombero”, agregó Pablo Hartill.

No obstante, el subgerente aclaró que vivir o trabajar fuera de la jurisdicción donde uno fue asignado no constituye un motivo válido si el ciudadano no actualizó previamente su domicilio en el DNI, dado que el padrón electoral cerró el 14 de octubre del año pasado.

Por otro lado, existe una etapa de justificación posterior a las elecciones, destinada a quienes no pudieron acudir el día de la votación por causas sobrevenidas, principalmente relacionadas con la salud o con el cuidado de personas dependientes, como adultos mayores que requieren atención continua. Este trámite debe realizarse dentro de los días hábiles posteriores al proceso electoral.

Finalmente, la ONPE recordó que la mesa de votación está integrada por nueve ciudadanos —tres titulares y seis suplentes—, todos los cuales deben presentarse para la instalación. En caso de inasistencia injustificada, incluso si la mesa llega a instalarse, el miembro que no haya firmado el acta será sancionado con una multa de S/ 275.

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