¿Quién miente?: Pugna entre el Poder Judicial y el Inpe por excarcelación de 'Jhon Pulpo'
Entre tanto, el Ejecutivo asegura que se ha dispuesto una investigación para esclarecer el beneficio con el que salió de prisión Jhon Cruz Arce, excabecilla y fundados de la organización criminal Los Pulpos.
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El primer ministro, Eduardo Arana, aseguró que se ha dispuesto una investigación para esclarecer las circunstancias de la excarcelación de Jhon Smith Cruz Arce, alias Jhon Pulpo, excabecilla y fundador de la temible organización criminal Los Pulpos.
Precisó que se encargó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos indagar sobre presuntas irregularidades dentro del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), señalando que “las medidas del ejecutivo serán inmediatas para sancionar hasta las últimas consecuencias”.
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Pero, ¿quién miente? Ayer, el Inpe respondió tras la excarcelación asegurando que “se dio en estricto cumplimiento a una orden del Poder Judicial.
A través de un comunicado, emitido por el ente penitenciario horas después que la Corte Superior de Tacna los responsabilizara por la cuestionada excarcelación de Cruz Arce, quien salió libre tras cumplir 17 años de prisión.
El Inpe detalló que, el 19 de febrero de 2025, “declaró no otorgar libertad a Cruz Arce por cumplimiento de condena, con redención de pena por trabajo contabilizado como un día de pena por seis días de labor o estudio (6×1)”, conforme a las normas del Código de Ejecución Penal, dado a partir del año 2017.
Sin embargo, agregó, la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Tacna “revocó la sentencia de primera instancia que declaró improcedente la demanda de hábeas corpus”, interpuesta por el interno y, “reformándola, la declararon fundada”.
La madrugada del 15 de julio, Cruz Arce salió en libertad del penal de Challapalca tras cumplir una condena por el homicidio de su expareja y un delincuente en Trujillo.
De acuerdo al Inpe, el Poder Judicial ordenó a las autoridades carcelarias la emisión de una nueva resolución administrativa en torno al pedido de declarar cumplida su pena por beneficios carcelarios.
Frente a ello, la defensa del exlíder de Los Pulpos solicitó que sea considerado como un reo común y no uno de régimen especial. De esa forma, en vez de los seis días de trabajo y estudio por uno de carcelería, pudo acceder al beneficio dos días de trabajo y estudio por uno.
La Corte de Tacna, en tanto, había indicado que la redención de la pena “implica” un procedimiento que solo le concierne al Instituto Nacvional Penitenciario. En ese sentido, alegó desconocer el “cómputo final desarrollado por el Inpe”, además indicó que la decisión es competencia de dicha institución.
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Señaló en un comunicado que el juzgado de primera instancia declaró improcedente la demanda de habeas corpus, no obstante, la Sala Penal de Apelaciones revocó la misma, declarando nula la resolución emitida por la entidad penitenciaria y se ordenó que emita una nueva resolución directoral que resuelva la aludida solicitud de redención de pena.
El fundamento de esta decisión radica en que, la autoridad penitenciaria aplico una ley penitenciaria que no regia al momento en que la sentencia del interno adquirió firmeza.
Aseguraron que la Sala Penal de Apelaciones no ordenó la excarcelación del actor Jhon Smith Arce Cruz, en tanto que la redención de la pena implica una excarcelación anticipada a la judicialmente impuesta bajo un procedimiento administrativo penitenciario de carácter documental valorativo cuya resolución le concierne exclusivamente a la entidad penitenciaria.
“La Sala Penal de Apelaciones, desconoce el cómputo final desarrollado por el Inpe”, indicaron a través de un comunicado.
























