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Sociedad

La participación ciudadana efectiva como derecho ciudadano: el caso de la propuesta vial Bellavista - Mazán - Salvador - El Estrecho en Loreto

La propuesta vial Bellavista-Mazán-El Estrecho resalta la importancia de la participación ciudadana, pero surgen dudas sobre la inclusión de observaciones y aportes.

SENACE debe valorar las observaciones ciudadanas en talleres participativos para asegurar una inversión pública eficiente. Fuente: Difusión.
SENACE debe valorar las observaciones ciudadanas en talleres participativos para asegurar una inversión pública eficiente. Fuente: Difusión.

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Por: Cristina López Wong

Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)

Para la elaboración del Estudio Definitivo del proyecto vial “Bellavista-Mazán-Salvador-El Estrecho (BMSEE) - tramo Santo Tomás Mazán” (Loreto) -que incluye los estudios de ingeniería, impacto ambiental detallado (EIA-d) y arqueología- Provías Nacional contrató en febrero de 2024 al Consorcio Vial Atalaya, conformado por las empresas Dohwa Engineering CO. LTD. Sucursal del Perú y Alpha Consult S.A.

No obstante, llama la atención la elección de Alpha Consult S.A, ya que a pesar de estar inscrita en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), de acuerdo a informes de medios de comunicación estaría involucrada en un proceso judicial sobre lavado de activos en agravio del Estado, como parte del caso Odebrecht1, lo cual no contribuye a generar confianza ciudadana.

De acuerdo al Plan de Participación Ciudadana2 del proyecto, el SENACE debe desarrollar seis talleres participativos antes de la elaboración del EIA-d del proyecto, con la participación de Provías Nacional y la empresa consultora, de los cuales la semana pasada se desarrollaron los tres primeros, que fueron acompañados por el equipo de DAR.

De acuerdo al marco legal vigente, en los talleres participativos, las observaciones, aportes y opiniones dadas por los participantes deben ser incluidos en un informe de observaciones y/o comentarios, y analizados y respondidos por Provías Nacional. Sin embargo, en el caso de los talleres implementados, las intervenciones de la ciudadanía han sido registradas en gran parte en videos y no se incluyeron de manera detallada en el acta que SENACE pidió firmar a los participantes.

En ese sentido, es crucial que SENACE, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Economía y Finanzas respondan las observaciones de los ciudadanos participantes en el taller, tales como la actual duplicidad de inversiones públicas de infraestructura vial en el mismo territorio que viene implementándose por diferentes niveles de gobierno, en relación a la ya existente trocha “Joaquín Abensur”, que conecta las mismas comunidades que tiene previsto conectar el tramo II del proyecto vial BMSEE (Santo Tomás y Mazán).

Se garantiza la participación de comunidades locales y pueblos indígenas en la planificación del proyecto.

Se garantiza la participación de comunidades locales y pueblos indígenas en la planificación del proyecto.

Al respecto, debido a la mirada sectorial aislada y por distintos niveles funcionales, así como por el deficiente análisis de alternativas del proyecto vial, entidades públicas como Provías Nacional estaría  promoviendo el uso no eficiente de los recursos públicos, que dejan de destinarse a atender los servicios básicos de la población. Un caso más que da cuenta de la necesidad de implementar la concordancia del Invierte.pe y el SEIA.

Adicionalmente, una participación ciudadana más amplia e integral en relación a este proyecto vial requeriría tres medidas por parte de SENACE y Provías Nacional: (i) asegurar la participación de los pueblos indígenas y comunidades locales en la elaboración de la línea de base y el análisis de los impactos del estudio de impacto ambiental3, de modo que incluya sus conocimientos tradicionales sobre el territorio, el bosque y la diversidad biológica existente en la zona de intervención del proyecto; (ii) asegurar la pertinencia cultural de los talleres, para que la información sea comprensible; y (iii) generar mecanismos que garanticen una mayor difusión y aseguren las condiciones para lograr la participación efectiva, particularmente de las mujeres, debido a las afectaciones diferenciadas causadas por los proyectos de infraestructura vial.

En suma, el ejercicio del derecho de la participación ciudadana debe verse como una oportunidad de fortalecer los instrumentos de gestión ambiental de las inversiones, y recoger y analizar estas opiniones de manera responsable para fortalecer las propuestas que desarrollen.

Notas

1 Ver: https://gestion.pe/peru/politica/odebrecht-equipo-especial-lava-jato-presenta-acusacion-contra-jorge-penaranda-noticia/
https://rpp.pe/politica/judiciales/poder-judicial-autorizo-el-inicio-de-un-juicio-oral-contra-romulo-penaranda-por-presunto-lavado-de-activos-noticia-1507198
https://www.expreso.com.pe/judicial/confirman-embargo-contra-alpha-consult-empresa-de-romulo-penaranda-lava-jato-odebrecht-poder-judicial-noticia/1020986/
2 Aprobado el 29 de agosto de 2024.
3 Ver: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/407409/345325-publicacion-del-decreto-supremo-n-004-2017-mtc-en-el-diario-oficial-el-peruano.pdf